La entrega nunca se concretó y el celular tampoco apareció. Qué establece el fallo de la Justicia.
Una sentencia de la Justicia ordenó a una cadena de electrodomésticos pagar una suma millonaria a una consumidora que compró un teléfono celular por internet y nunca recibió el producto. El caso expuso una situación cada vez más frecuente: clientes que pagan un artículo, esperan la entrega y enfrentan una serie de respuestas automáticas sin solución concreta.
El fallo analizó el reclamo de una mujer que adquirió un celular a través de la tienda virtual de una conocida empresa del rubro. El equipo se pagó en seis cuotas con tarjeta de crédito y la entrega quedó pactada para el día siguiente en el domicilio de la compradora. Sin embargo, la operación nunca se completó.
Según el expediente de la justicia bonaerense, el producto jamás llegó a la vivienda pese a que la clienta y su madre permanecieron allí durante el horario de entrega acordado. La empresa sostuvo luego que el paquete fue recibido y que el remito estaba firmado, algo que la familia negó desde el primer momento.
La falta de respuestas satisfactorias derivó en una demanda judicial que terminó con una indemnización de $1.900.000 y con una fuerte crítica del juez hacia la conducta de la compañía.
Una compra online de un celular que terminó en conflicto
El conflicto comenzó en marzo de 2021, cuando una mujer realizó la compra del celular mediante la página web de la empresa y completó el pago mediante su tarjeta de crédito. Como parte del proceso de compra, autorizó a su madre a recibir el paquete en caso de que ella no estuviera presente.
El envío quedó programado para el día siguiente. Sin embargo, la entrega nunca se concretó.
Tras varias horas de espera, la compradora se comunicó con el servicio de atención al cliente para consultar qué ocurría con el pedido. La respuesta inicial de la empresa indicaba que el envío llegaría con demora. Con el paso de los días, el producto tampoco apareció. Más adelante, la compañía envió un mensaje de voz en el que afirmaba que el paquete ya había sido entregado y que el comprobante tenía la firma de la madre de la clienta.
La familia rechazó esa versión. Nadie recibió el celular ni firmó documentación alguna. Y ante la falta de solución por canales administrativos, la consumidora decidió iniciar una demanda judicial para recuperar el dinero y reclamar daños y perjuicios.
La falta de respuesta de la empresa
La demanda se presentó contra la cadena de electrodomésticos y la empresa fabricante del teléfono. Durante el proceso judicial surgieron diferencias claras en el comportamiento de ambas compañías. La empresa vendedora no presentó defensa en el expediente ni aportó pruebas que acreditaran la entrega del producto. En cambio, el fabricante del celular negó cualquier responsabilidad y sostuvo que su intervención se limitaba a producir el equipo, no a venderlo ni enviarlo.
La compradora presentó documentación que demostraba la operación: la factura del producto y los resúmenes de la tarjeta de crédito con los pagos realizados. Esas constancias permitieron acreditar la compra efectiva y el pago completo del teléfono celular.
El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 4 de San Martín analizó la situación y puso el foco en el trato que recibió la consumidora. Según la sentencia, la empresa respondió con mensajes automáticos y sin atención personalizada, lo que constituyó un incumplimiento del deber de información previsto en la legislación de defensa del consumidor.
El juez también señaló que la empresa tenía la obligación de demostrar que el producto fue entregado, algo que nunca ocurrió durante el proceso judicial.
La indemnización y el daño punitivo
La sentencia estableció una indemnización total de 1.900.000 pesos para la consumidora. El cálculo incluyó distintos rubros previstos por la legislación.
En primer lugar, el juez reconoció 900.000 pesos por daño material, monto destinado a restituir el valor actual del bien que nunca fue entregado. También se otorgaron 500.000 pesos por daño moral, al considerar que la situación generó molestias, incertidumbre y frustración para la clienta, quien pagó un producto que jamás recibió y debió iniciar gestiones prolongadas para intentar resolver el problema.
El fallo incluyó además 500.000 pesos en concepto de daño punitivo, una multa civil prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
La sentencia descartó cualquier responsabilidad del fabricante del teléfono. El juez entendió que la compradora nunca contrató con esa firma y que el incumplimiento se produjo exclusivamente en la etapa de venta y entrega. Además de la indemnización, la empresa demandada deberá afrontar todos los costos del proceso judicial, incluidas las costas del litigio. Los intereses se aplicarán desde el momento en que debió concretarse la entrega del producto.
El fallo judicial se fundamenta en la Ley de Defensa del Consumidor, el Código Civil y Comercial y antecedentes de la Suprema Corte bonaerense, con un criterio central: proteger al usuario frente a empresas que incumplen obligaciones básicas de información, entrega y trato digno.
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