El clima en Neuquén

icon
17° Temp
51% Hum
La Mañana Cristina Kirchner

Cristina Kirchner será la presidenta del PJ: rechazaron la apelación de Ricardo Quintela

Tras la decisión de la jueza María Servini, Cristina será la única candidata en las elecciones del 17 de noviembre.

Este viernes, la jueza María Servini rechazó la apelación formulada por Ricardo Quintela, gobernador de La Rioja, respecto a su participación en las elecciones internas del Partido Justicialista (PJ). Debido a esta decisión, Cristina Kirchner es la única candidata habilitada para las elecciones del 17 de noviembre y, por ende, será la presidenta.

La magistrada decidió confirmar la resolución dictada el pasado 27 de octubre por la Junta Electoral Nacional del PJ, en la que se había invalidado la lista de Quintela debido a ciertas irregularidades en la presentación de los avales requeridos.

Ahora restará saber qué camino sigue el PJ. Es que debido a esta decisión, la lista de "Primero la Patria" encabezada por Cristina Kirchner será la única convalidada para las elecciones, por lo que el acto electoral podría no llevarse adelante para evitar un gasto innecesario.

Por qué se tomó la decisión que favoreció a Cristina Kirchner

Pese a la apelación a cargo de los apoderados de la lista del riojano, Jorge Yoma, Daniel Llermanos y Sandra Vanni, quienes plantaron a través de un escrito la insuficiencia en la fundamentación y la invalidez en las observaciones de la Junta Electoral tras haber invalidado la postulación, la Justicia respaldó los motivos expuestos por el órgano partidario.

Según trascendió en la justificación de la jueza Servini, la lista de Ricardo Quintela (cuyo nombre es "Federales, un grito de corazón") solo presentó 48.751 avales válidos, mientras que el mínimo requerido es de 62.465.

quintela.jpg
Duro revés para Ricardo Quintela: tras la decisión de la jueza Servini, no podrá competir con Cristina Kirchner.

Duro revés para Ricardo Quintela: tras la decisión de la jueza Servini, no podrá competir con Cristina Kirchner.

A eso se suma que muchas de las planillas tenían errores de confección, algunos tan burdos como la falta de la firma autenticada.

Según citó Infobae, que logró acceder al documento, la Justicia afirmó que "cabe recordar que la presentación de avales es uno de los requisitos indispensables para oficializar los candidatos de las distintas líneas internas. Tal exigencia debe entenderse como el estándar mínimo de consenso que debe reunir un candidato para aspirar a competir en una elección, para que cuente con una necesaria representatividad de los afiliados, constituyendo de esta forma una verdadera fuerza política".

En la misma línea, amplió: "Es preciso señalar también que la apelante no rebate ni controvierte las razones expuestas por la Junta Electoral Nacional con fechas 25 y 27 de octubre del corriente, que dieron sustento a su decisión, sino que, por el contrario, sólo expresa su descontento con lo resuelto, puesto que no existen argumentos distintos a los que analizara la Junta Electoral Nacional, no acompañando ningún elemento que permita sostener que la Junta Electoral haya actuado de manera parcial favoreciendo a la otra lista participante”.

“En relación a las demás cuestiones planteadas tales como la falta de interés de realizar los comicios por parte de la Junta Electoral, como así también la queja respecto a la falta de ‘depuración’ de los padrones -los cuales son remitidos por los juzgados electorales de cada provincia de acuerdo al registro de afiliados de su distrito-, no puede dejar de señalarse que estos cuestionamientos fueron intentados una vez que se rechazara la lista presentada por la falta de avales, no habiendo sido objeto de cuestionamiento alguno en los plazos previstos en el cronograma”, especificó además.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario