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Cuánto paga ANSES por gastos de sepelio: confirmaron el monto de julio 2026

La Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) definió el importe correspondiente al subsidio de contención familiar para gastos de sepelio. ¿De cuánto es en julio de 2026?

En su portal oficial, la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) especifica que el denominado subsidio de contención familiar es un reintegro que puede solicitarse si el solicitante se hizo cargo de los gastos de sepelio de un familiar por COVID-19 y de niños o adolescentes que se hubiesen encontrado en tratamiento oncológico. ¿De cuánto es en julio de 2026?

Asimismo, cabe recordar que para acceder al subsidio de contención familiar por fallecimiento de un jubilado o pensionado, los solicitantes deben recurrir a ese organismo para efectuar dicho trámite.

El denominado subsidio de contención familiar es un reintegro que puede solicitarse si el solicitante se hizo cargo de los gastos de sepelio de un familiar por COVID-19 y de niños o adolescentes que se hubiesen encontrado en tratamiento oncológico.

El denominado subsidio de contención familiar es un reintegro que puede solicitarse si el solicitante se hizo cargo de los gastos de sepelio de un familiar por COVID-19 y de niños o adolescentes que se hubiesen encontrado en tratamiento oncológico.

Monto de la Anses por subsidio de contención familiar para gastos de sepelio

La Anses otorga en concepto de subsidio de contención familiar para gastos de sepelio un total de 15 mil pesos, monto que será reintegrado una vez presentada la documentación que acredite los gastos efectuados.

La Anses especifica que este subsidio de contención familiar para gastos de sepelio por un total de 15 mil pesos pueden solicitarlo:

En caso de personas fallecidas por COVID-19:

  • Familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, madre o padre o hijo) que acrediten haber pagado los gastos de sepelio, cremación o inhumación de:
  • Personas desocupadas.
  • Trabajadores informales.
  • Monotributistas de las categorías A y B.
  • Personal de casas particulares.
  • Titulares de la Asignación por Embarazo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo.
  • Niños, adolescentes o personas mayores con discapacidad.

En caso de fallecimiento de niños o adolescentes que se encontraban en tratamiento oncológico (Ley 27.764):

  • Padre, madre o representante legal, que acredite haber pagado los gastos del servicio fúnebre, sepelio o cremación, del niño o adolescente menor de 19 años, fallecido con posterioridad al 26/7/2022 (fecha de entrada en vigencia de la Ley 27.674 de Oncopediatría).

Asimismo, la Anses aclara qué documentación deberá presentarse al organismo para acceder al subsidio de 15 mil pesos:

  • DNI.
  • Partida de defunción.

Por persona fallecida a causa de COVID-19:

  • Cónyuge o conviviente previsional, madre o padre o hijo, con factura extendida a su nombre.

Por niño o adolescente fallecido en tratamiento oncológico (Ley 27.764):

  • Madre, padre o representante legal, con factura extendida a su nombre.

Cómo tramitar el subsidio de contención familiar por fallecimiento de un jubilado o pensionado

Según la Anses, ante el caso de fallecimiento de titulares de una jubilación o de una pensión, pueden solicitar el subsidio de contención familiar:

  • Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio, cremación o inhumación.
  • Viudos, convivientes previsionales, hijos con derecho a la pensión por fallecimiento.
  • Otras personas herederas de la persona fallecida.
  • Además quienes inicien el trámite de pensión por fallecimiento pueden solicitar al mismo tiempo el Subsidio de Contención Familiar.

Para llevar a cabo el trámite, se deberá presentar:

  • DNI.
  • Partida de defunción de la persona fallecida.
  • Constancia de la CBU Bancaria (requerida si se desea solicitar el subsidio por Atención Virtual).
  • Factura de gastos de sepelio emitida a tu nombre.
  • Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual.
  • Póliza de la compañía de seguros.
  • Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional): deberán presentar resolución de otorgamiento de la Pensión para poder cobrar este subsidio.
  • Herederos de la persona fallecida sin derecho a una pensión: en caso de no haber familiares con derecho a pensión ni factura donde consten los gastos de sepelio, los herederos podrán solicitar este subsidio presentando los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296, según el caso.
La Anses otorga en concepto de subsidio de contención familiar para gastos de sepelio un total de 15 mil pesos, monto que será reintegrado una vez presentada la documentación que acredite los gastos efectuados.

La Anses otorga en concepto de subsidio de contención familiar para gastos de sepelio un total de 15 mil pesos, monto que será reintegrado una vez presentada la documentación que acredite los gastos efectuados.

¿Cuándo se estipuló el monto de 15 mil pesos para el subsidio de contención familiar para gastos de sepelio?

El texto de la norma del Decreto 599/2006, que estableció el Subsidio de Contención Familiar, data de mayo de 2006. En el artículo 2 se detalla que la prestación instituida consistirá en el pago de una suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000). Desde entonces nunca fue actualizado, lo que causó indignación en muchos ciudadanos. Uno de ellos, apelando al humor, expresó que “un servicio básico de cremación directa parte de $790.000 a $1.200.000. Un velatorio clásico (con sala e instalaciones) suele rondar entre $1.200.000 y$2.000.000, pero bueno, con este subsidio te podes comprar una pizza luego de la ceremonia”.

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