El Banco Central va contra "la industria del juicio" y fija tasas para los jueces
En los últimos años, al agravarse la inflación los jueces emplearon criterios muy dispares para actualizar las sentencias monetarias. Hubo quejas de las compañías de seguro al gobierno.
El Banco Central emitió una resolución que ataca en el corazón de la denominada “industria del juicio”, un reclamo que dejaron las principales compañías de seguros hace un par de semanas en una reunión que mantuvieron con el ministro Luis Caputo.
La entidad informó que desarrolló nuevas herramientas para facilitar los cálculos con la Tasa de Interés para uso de la Justicia. En el sitio web institucional ya está disponible una calculadora que simplifica la tarea de cómputo de los intereses.
Adicionalmente, se actualizó la ubicación de los hipervínculos relacionados con la Tasa de Interés para uso de la Justicia con el objetivo de mejorar su acceso y disponibilidad, y se incorporó esta tasa en la API de Principales Variables.
La calculadora permite computar los intereses correspondientes en base a la fecha inicial, la fecha hasta la cual se calculan intereses, y el monto inicial sobre el que deben calcularse los intereses.
La API, una interfaz que permite la interacción entre programas de software y aplicaciones, hace accesible de forma eficiente la serie de esta tasa, acorde a la mejor tecnología disponible, para las personas e instituciones que la utilizan.
El BCRA elabora y publica la Tasa de Interés para uso de la Justicia desde 1991. Esa tasa se fijó en su origen de acuerdo a la reglamentación definida en el Decreto 941/91, y se encuadra actualmente en lo estipulado en el artículo 768 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Esta tasa se calcula con base en el rendimiento de plazos fijos y cajas de ahorro remuneradas y refleja la realidad económica existente en cada momento considerado de manera consistente durante un período de más de 30 años.
Pero en rigor, lo que ocurría, sobre todo en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, es que los jueces no estaban haciendo uso de ello, en función que el supremo tribunal provincias había declarado inconstitucional un artículo de la ley de convertibilidad que impide la indexación.
Según comentaron días atrás fuentes de las compañías de seguro, que están entre las más afectadas, alguien tiene una contingencia laboral en un juicio que dura tres años y otra empresa tiene una contingencia por un choque que dura cuatro años. A uno el juez le dice que el daño original lo tiene que ajustar por la tasa del BNA más 2% y a otro, que tiene que ajustarlo por CER+8%. En otros casos, el juez por el mismo tema, le dice Badlar + 5% y otro le imponen CER+4%.
Según indicaron fuentes del sector asegurador, eso hace imposible que las empresas puedan administrar el riesgo.
En la reunión de hace mas de 20 días estuvieron representantes de Grupo Federación Patronal, Zurich Argentina, Grupo St, La Caja, Experta Seguros, Grupo San Cristóbal, Grupo Galicia Sura, Grupo Sancor Seguros, Provincia ART, Provincia Seguros, Grupo Asegurador La Segunda, Nación Seguros, Bernardino Rivadavia, Swiss Medical, Grupo Mercantil Andina, Grupo Mapfre, Iaspser, La Holando Sudamericana, Triunfo y Norte.
Hay casos concretos de pequeñas y medianas empresas que han recibido sentencias por juicios laborales que implican el quiebre de la misma.
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