La magistrada de Casación, afín a CFK, esperaba el acuerdo del Senado para mantener su cargo por cinco años, a pesar de haber alcanzado la edad jubilatoria.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó este miércoles sin funciones a la jueza de la Cámara Federal de Casación Penal Ana María Figueroa, afín a CFK, quien el 9 de agosto último cumplió los 75 años y aún no había conseguido acuerdo del Senado para permanecer en su cargo por cinco años más, tal como o exige la Constitución Nacional.
La decisión fue adoptada por unanimidad y notificada al Consejo de la Magistratura de la Nación y a la Cámara Federal de Casación Penal, según surge de la resolución del máximo tribunal a la que accedió Télam.
Según trascendió, la Corte dispuso además "poner en conocimiento del Consejo de la Magistratura lo resuelto en la presente a fin de que adopte las medidas que estime necesarias", lo que redunda en dejar de pagarle el sueldo como magistrada y proceder a la apertura del concurso para reemplazarla.
Con esta decisión del máximo tribunal se deroga también una resolución del Consejo de la Magistratura, que brindaba una "prórroga" en su función a los jueces pasados los 75 años de edad, y a la espera de lo que definiera el Senado sobre una potencial reválida.
El fallo reza que "la doctora Figueroa ha perdido la investidura judicial el 9 de agosto pasado, día en que cumplió 75 años de edad sin haber obtenido un nuevo nombramiento con el correspondiente acuerdo del Senado".
La postura de la oposición al bloquear la posibilidad de que Figueroa renovara el mandato por otros cinco años tiene relación con el hecho de que la consideran "una jueza kirchnerista", y era la principal apuntada por los demás funcionarios como la que intentaba "garantizar la impunidad" de Cristina Fernández de Kirchner.
Figueroa era una de las votantes en las Causas Los Sauces y Hotesur, en los que la vicepresidenta fue sobreseída por un tribunal oral pero la medida fue apelada ante la Casación.
La Corte se arrogó, además, la facultad de resolver en cuestiones de esta naturaleza. "Este Tribunal es competente para producir aquellos actos de gobierno que, como cabeza de poder y órgano supremo de la organización judicial argentina, fuesen necesarios para garantizar la investidura de los jueces, incluido el juicio sobre la existencia de dicha investidura, en la medida en que ella ineludiblemente lo requiera", resume el fallo.
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