Los programas previsionales y sociales de Anses tendrán un aumento de 1,9% el próximo mes, según la inflación de agosto. Cómo quedarán.
Como todos los meses, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará en octubre 2025 un nuevo aumento en las jubilaciones, pensiones y asignaciones. Esta suba ya quedó confirmada luego de la publicación del índice de inflación de agosto.
A través del Decreto 274/2024, el Gobierno nacional estableció incrementos mensuales de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) difundido dos meses atrás. Recientemente, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) informó que la inflación de agosto fue de 1,9%. Por lo tanto, esta cifra será utilizada para subir el próximo mes los haberes vinculados a programas previsionales y sociales.
Al atar el IPC con los aumentos automáticos en asignaciones, jubilaciones y pensiones, la administración nacional busca que los ingresos de los beneficiarios no pierdan poder adquisitivo ante la volatilidad de la economía.
Cuánto cobrará un jubilado de la mínima en octubre 2025 con el nuevo aumento
Con el incremento de 1,9%, la jubilación mínima aumentará a $326.304,88, a lo que hay que sumarle el Bono Extraordinario Previsional de $70.000, que lleva un año y medio congelado.
El haber máximo, en tanto, alcanzará los $2.196.110,25.
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) pasará a $261.016,96 y las Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez o vejez llegarán a $228.386,45, en ambos casos sin contemplar la suma fija extra.
Así quedarán los haberes de octubre 2025, con la suba y el refuerzo extraordinario:
- Jubilación mínima: $396.304,88 ($326.304,88 + bono de $ 70.000)
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $331.016,96 ($261.016,96 + bono de $ 70.000)
- PNC por invalidez o vejez: $298.386,45 ($228.386,45 + bono de $70.000)
Los jubilados que cobren más de la mínima pero menos de $396.304,88, recibirán un proporcional del bono extraordinario hasta llegar a esa cifra. Quienes superen los $396.304,88, no tendrán ninguna suma extra.
Cómo es el calendario de pago de jubilaciones y pensiones para octubre 2025
La ANSES confirmó el calendario de pago para el próximo mes. La fecha exacta dependerá de la terminación del documento del beneficiario y el monto de su haber. A continuación, en detalle:
Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo
- DNI terminados en 0: 8 de octubre
- DNI terminados en 1: 9 de octubre
- DNI terminados en 2: 10 de octubre
- DNI terminados en 3: 14 de octubre
- DNI terminados en 4: 15 de octubre
- DNI terminados en 5: 16 de octubre
- DNI terminados en 6: 17 de octubre
- DNI terminados en 7: 18 de octubre
- DNI terminados en 8: 21 de octubre
- DNI terminados en 9: 22 de octubre
Jubilaciones y pensiones que superen el haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de octubre
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de octubre
- DNI terminados en 4 y 5: 25 de octubre
- DNI terminados en 6 y 7: 28 de octubre
- DNI terminados en 8 y 9: 29 de octubre
Pensiones No Contributivas (PNC)
- DNI terminados en 0 y 1: 8 de octubre
- DNI terminados en 2 y 3: 8 de octubre
- DNI terminados en 4 y 5: 9 de octubre
- DNI terminados en 6 y 7: 9 de octubre
- DNI terminados en 8 y 9: 10 de octubre
Cómo queda la Asignación Universal por Hijo en octubre 2025 con el aumento
Las asignaciones familiares y universales también recibirán un aumento del 1,9% en octubre 2025. De esta forma, la Asignación Universal por Hijo -que comprende a más de 4,5 millones de chicos- pasará de $115.088 a $117.273.
Sin embargo, en mano se cobrará $ 93.800,77, ya que el organismo retiene un 20% del total que luego entrega a fin de año cuando se acredite el cumplimiento de ciertos requisitos relacionados a controles de salud, vacunación y escolaridad de los niños. Las titulares de la Asignación por Embarazo percibirán exactamente el mismo importe.
Por su parte, la Asignación Universal por Hijo con Discapacidad subirá de $374.745 a $402.831,11. En este caso, también se liquida el 80% del monto mensual y se retiene el restante 20%, que luego se libera con la presentación anual, siempre que el beneficiario mantenga la condición médica y la documentación requerida esté al día.
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