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No te pases del límite: ARCA fijó estos montos máximos para las billeteras virtuales en 2026

Conocé cuáles son los montos máximos fijados por la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) para las operaciones efectuadas a través de las billeteras virtuales en 2026.

Desde hace algo más de un lustro, se desató un fenómeno: el uso de las billeteras virtuales en la Argentina. En algunos casos, las ofertas que presentan las billeteras virtuales superan a las tasas otorgadas por los bancos a la hora de que el dinero rinda más. Recientemente, la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) decidió aumentar los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar sobre las transacciones, saldos y consumos de sus clientes. Aquí te contamos cuáles son los montos máximos fijados por el organismo tributario para operar en billeteras virtuales en 2026.

Es oportuno recordar que la actualización determinada por la ARCA se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), guarismo elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024.

ARCA ex afip
La actualización determinada por la ARCA se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La actualización determinada por la ARCA se basa en las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

ARCA: montos máximos para las billeteras virtuales en 2026

En 2026, la ARCA fijó montos máximos o umbrales a partir de los cuales las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar el detalle de las operaciones al organismo tributario:

  • Extracciones en efectivo: $10.000.000 tanto para personas físicas como jurídicas. Previamente, se informaban desde cualquier monto.
  • Saldos en billeteras virtuales al último día del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. El tope anterior era de $1.000.000.
  • Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Antes, el umbral era de $1.000.000.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 para ambos casos. Anteriormente, se informaban desde $250.000 en efectivo y $400.000 en otros medios.
  • Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

La ARCA también precisó qué información deberán suministrar las entidades financieras para el caso de que los usuarios excedan los límites señalados precedentemente:

  • La nómina de cuentas con las que se identifica a cada uno de los clientes, indicando, entre otros datos:
  • Tipo y número de cuenta.
  • CVU.
  • Cantidad de integrantes e identificación de involucrados en las cuentas mencionadas.

En el caso de una revisión o investigación, la ARCA puede solicitar la siguiente documentación:

  • Facturas por compra o venta de bienes o servicios.
  • Contratos o escrituras por venta de inmuebles, autos o acciones.
  • Recibos de sueldo, comprobantes de haberes o pagos previsionales.
  • Facturación de actividad reciente (en caso de monotributistas o autónomos).
  • Constancia de inscripción en la ARCA.
  • Certificación del origen de fondos firmada por un contador público.
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En 2026, la ARCA fijó montos máximos o umbrales a partir de los cuales las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar el detalle de las operaciones al organismo tributario.

En 2026, la ARCA fijó montos máximos o umbrales a partir de los cuales las billeteras virtuales se encuentran obligadas a informar el detalle de las operaciones al organismo tributario.

Cabe recordar que, con estos montos máximos establecidos, la ARCA no persigue sancionar al pequeño ahorrista, sino prevenir maniobras de lavado de dinero y operaciones fuera del sistema formal. Por ello es que conocer los límites resulta clave para evitar bloqueos en las cuentas de las billeteras virtuales o bien pedidos de justificación de fondos.

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