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La Mañana Alberto Fernández

Procesaron a Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez

El juez Julián Ercolini lo encontró responsable de dos hechos de lesiones leves y uno de lesiones graves.

Avance clave en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez para Alberto Fernández: el juez federal Julián Ercolini lo encontró responsable de dos hechos de lesiones leves y un hecho de lesiones graves, doblemente agravado por el vínculo, abuso de poder y autoridad, y amenazas coactivas. Por eso, Fernández fue procesado.

La resolución judicial estableció que, pese a levantar la restricción de salida del país impuesta al ex presidente, se le obligó a informar detalladamente sobre su paradero, duración de estadías y vuelos programados, lo que supone un control riguroso sobre sus movimientos, mientras se mantiene la medida de prohibirle acercarse a la denunciante dentro de un radio de 500 metros.

En el procesamiento se imputaron tres delitos que, de ser acreditados, podrían acarrear una condena de entre tres y dieciocho años de prisión. Este cúmulo de cargos se fundamenta en hechos de violencia reiterada, agravada por el contexto de desigualdad y abuso de poder que caracterizó la relación entre las partes.

Durante su declaración indagatoria el 4 de febrero, Alberto Fernández sostuvo que jamás limitó la libertad de movimientos ni condicionó las relaciones personales de la denunciante, afirmando incluso que, en situaciones de alteración, él era el que sufría agresiones, en un intento por justificar lo ocurrido durante episodios de embriaguez.

Por qué procesaron a Alberto Fernández

Su argumentación se apoyó en la idea de que, cuando se encontraban en estados de embriaguez, la conducta de Fabiola derivaba en agresividad extrema, mientras él solo buscaba evitar el impacto de los golpes, mediante el acto de bloquear sus manos, lo cual intentó presentar como defensa frente a las graves acusaciones formuladas.

A pesar de su extensa exposición de argumentos, el juez federal consideró que existían suficientes evidencias para someter a procesamiento a Alberto Fernández, específicamente en relación a conductas que encuadran en delitos asociados a la violencia de género, reafirmando la necesidad de examinar todas las pruebas recolectadas en el expediente.

El tribunal determinó que las acciones perpetradas por el ex mandatario se ajustan a los delitos de lesiones graves en el marco de violencia de género, evidenciando una conducta reiterada de agresión física, psicológica y económica que se extendió a lo largo de la relación, desde sus inicios hasta la presentación formal de la denuncia.

La investigación contó con un extenso acopio de elementos probatorios, incluyendo fotografías, videos, registros oficiales de actos públicos, conferencias y viajes, además de informes psicológicos y psiquiátricos elaborados a partir de entrevistas a la denunciante, que en conjunto reforzaron la tesis de una violencia sistemática ejercida en distintos ámbitos.

El análisis de las pruebas permitió constatar que la conducta de Alberto Fernández se manifestó desde los albores de su relación con Fabiola, abarcando agresiones físicas, psicológicas y económicas definidas por la ley 26.485 para la protección integral de la mujer, y perpetuándose en un contexto de abuso de poder asimétrico.

La fiscalía resaltó que la desproporción en el ejercicio del poder entre las partes fue determinante para configurar múltiples modalidades de violencia, evidenciando un patrón de acoso, humillaciones, desatenciones y otros actos hostiles que, en suma, reflejaron una agresión sistemática y prolongada contra la ex primera dama.

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