Un fallo clave que complica a Fernando Espinoza: la Justicia ordenó reabrir la causa por abuso sexual
Tras una intensa disputa judicial, el intendente de La Matanza vuelve a estar en el foco del tribunal. La Justicia dio lugar al pedido de Melody Rakauskas.
La Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal resolvió revocar el sobreseimiento de Fernando Espinoza, actual intendente de La Matanza, y, de este modo, ordenó reabrir la causa por presunto abuso sexual contra Melody Rakauskas.
En el escrito de 36 páginas, se informó que la audiencia realizada este jueves 16 de julio, donde todas las partes expusieron sus argumentos, concluyó con resultado positivo para Rakauskas luego de que se dicte el revocamiento del sobreseimiento de Espinoza.
Los jueces Alberto Huarte Petite y Horacio Días se manifestaron a favor de la reactivación, además de que pidieron la necesidad de que el juicio “se realice a la mayor brevedad”, mientras que el juez Pablo Jantus se mostró en disidencia.
En febrero de este año, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 16 había sobreseído al intendente por “falta de acción” por parte de la presunta víctima, pero la Justicia permitió que la causa continúe vigente y se reabra luego de que Rakauskas presente como abogado Ignacio Barrios.
La denuncia fue radicada el 10 de mayo de 2021, cuando la presunta víctima, quien se desempeñaba como secretaria privada de Espinoza, acusó al jefe comunal de haberse presentado en su departamento con una excusa laboral e intentar abusarla.
Desde la querella expresaron su emoción por el fallo favorable, con el objetivo puesto en seguir avanzando en la investigación para que el intendente vaya a juicio.
“Durante estos meses en donde la justicia la dejó sola, nos expresó que estuvo bien asesorada y que esta vez se sintió protegida, que se respetaron sus derechos y que la valoramos. Ella sufrió violencia tanto psicológica, como física”, expusieron.
Comunicado de la querella
El Estudio Jurídico Ignacio Barrios informa que, en el día de la fecha, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvió, por mayoría, hacer lugar al recurso de casación interpuesto por Melody Rakauskas.
El tribunal casó y revocó la resolución que había dispuesto su apartamiento del rol de querellante y, como consecuencia de esa decisión, el sobreseimiento de Fernando Espinoza. Asimismo, ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que el proceso continúe.
El planteo sostenido por esta representación fue concreto: una falta transitoria de patrocinio letrado no podía ser interpretada como abandono de la querella. Melody había manifestado expresamente su voluntad de continuar y solicitado un plazo razonable para designar una nueva representación. No existió desistimiento, renuncia ni desinterés.
La mayoría valoró especialmente esa presentación y consideró que el plazo de 72 horas impuesto en aquellas circunstancias resultó irrazonable y carente de sustento legal suficiente. La respuesta de Melody no había recibido un tratamiento adecuado. Una dificultad transitoria para contar con abogado no podía transformarse en la pérdida definitiva del derecho de la víctima a participar del proceso.
El fallo no implica una condena ni adelanta opinión sobre la responsabilidad penal del imputado. Su alcance es procesal: restablece a Melody en su rol de querellante, deja sin efecto el sobreseimiento y permite que la causa continúe ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N.o 16.
Este estudio recibe la decisión con responsabilidad y respeto institucional. Continuaremos impulsando la causa y la realización del debate oral, convencidos de que las cuestiones de fondo deben resolverse mediante un proceso pleno, con producción de prueba y participación efectiva de la víctima.
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