La paciente sufrió meses de angustia frente a la posibilidad de un posible y delicado diagnóstico médico.
La Justicia dio a conocer un fallo en las últimas horas, donde resolvió elevar la indemnización otorgada a una paciente por la pérdida de una muestra quirúrgica en un hospital público. La mujer expuso en su denuncia, todo lo que tuvo que padecer ante esta situación, sumado a la incertidumbre sobre un posible y delicado diagnóstico médico.
El caso se remonta a 2002, cuando una mujer de 37 años fue sometida a una conización cervical, procedimiento destinado a analizar lesiones detectadas en el cuello uterino. La intervención se realizó sin complicaciones, pero la pieza extraída —que debía enviarse al Servicio de Anatomía Patológica— se extravió dentro del hospital.
Esa pérdida impidió obtener un diagnóstico certero sobre la presencia o ausencia de células malignas, generando una situación de incertidumbre médica y emocional que se prolongó por años.
Según el expediente, la paciente no cuestionó la labor de los cirujanos ni del personal médico. Su reclamo se centró en el extravío de la muestra biológica, un hecho que alteró el seguimiento posterior y la obligó a realizar controles periódicos más rigurosos, con exámenes físicos y estudios por imágenes para descartar la evolución de la enfermedad.
Tras la denuncia, la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín, en Buenos Aires, tomó la decisión de ordenar una indemnización que debe pagar un hospital público.
El fallo fijó una compensación de $3.000.000 por daño moral y $250.000 por gastos de traslado, pero rechazando el pedido por medicamentos.
El impacto emocional y la decisión judicial
Los jueces consideraron que la pérdida del material biológico provocó en la paciente una angustia sostenida y un temor constante frente a la posibilidad de que el cuadro pudiera agravarse sin diagnóstico preciso. Los informes periciales y testimonios incorporados al expediente confirmaron que el daño moral derivó de la incertidumbre y los padecimientos psicológicos que atravesó la mujer.
El fallo destaca que “las posibles consecuencias de no contar con el estudio de la pieza radican en la dificultad de elección del tratamiento, la necesidad de un seguimiento estricto o incluso la posibilidad de una histerectomía”. En otras palabras, la falta del análisis dejó a los médicos sin información esencial para definir el curso terapéutico adecuado.
El hospital público donde ocurrió el extravío de la muestra oncológica fue considerado responsable por una falla administrativa.
La sentencia remarca además que, si bien la paciente no presentó una recaída ni complicaciones posteriores, el impacto emocional y la pérdida de tranquilidad justifican el aumento del resarcimiento. El tribunal calificó la suma original dispuesta por el juzgado de primera instancia como insuficiente frente a la magnitud del daño experimentado y el tiempo transcurrido desde los hechos.
Responsabilidad estatal y compensación económica
La Justicia bonaerense determinó que la responsabilidad del Estado provincial se limita al extravío de la muestra biológica y no alcanza a la actuación médica. En este sentido, la sentencia reafirma que el error no se vinculó a la cirugía ni al desempeño de los profesionales intervinientes, sino a una falla administrativa del hospital.
El tribunal reconoció los gastos de traslado de la paciente, comprobados mediante registros de consultas y estudios en distintos centros de salud. Sin embargo, descartó el reclamo por medicamentos al no encontrarse relación entre la pérdida de la muestra y la necesidad de nuevos tratamientos farmacológicos.
La causa judicial, iniciada en 2004, incluyó demandas contra los médicos, el director del hospital y la Provincia de Buenos Aires, aunque solo prosperó respecto del Estado provincial. La Cámara de Apelación confirmó además la aplicación de intereses en la indemnización según el criterio “Vera” y “Nidera” de la Suprema Corte bonaerense, e impuso las costas a la parte demandada.
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