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Viajar cómodo puede salir caro: en qué rutas te multan si manejás en ojotas

Esta conducta habitual para muchos automovilistas puede derivar en multas elevadas.

Con la llegada del calor, las rutas argentinas vuelven a poblarse de escenas típicas del verano: cientos de autos circulando, ventanillas bajas, viajes largos y conductores que buscan comodidad para manejar. En ese contexto, reaparece una duda que genera discusiones y confusión: ¿Se puede manejar con ojotas o sandalias abiertas sin que aparezcan multas?

La Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 funciona como marco general para todo el país, pero deja zonas grises que cada jurisdicción interpreta de manera distinta. Esa combinación explica por qué conductas habituales para muchos automovilistas pueden derivar en multas elevadas en determinadas provincias. Conocer esas diferencias resulta clave para evitar sanciones y, sobre todo, para reducir riesgos al volante.

Qué dice la ley nacional sobre el uso de ojotas para manejar

La normativa nacional no prohíbe de forma explícita manejar con un tipo específico de calzado. No existe un artículo que mencione de manera directa a las ojotas, sandalias abiertas o incluso conducir descalzo. Sin embargo, la ley sí establece un principio general: el conductor debe estar en condiciones físicas y psíquicas adecuadas para manejar con seguridad.

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Manejar con ojotas o sandalias abiertas puede derivar en multas según la provincia.

Manejar con ojotas o sandalias abiertas puede derivar en multas según la provincia.

A partir de ese criterio, especialistas en seguridad vial recomiendan usar calzado cerrado, firme y bien ajustado al pie, sin importar la estación del año. El argumento es simple: una ojota puede deslizarse, engancharse con los pedales o incluso soltarse en una maniobra brusca. En situaciones de emergencia, una fracción de segundo marca la diferencia entre frenar a tiempo o provocar un siniestro.

Por ese motivo, aunque no exista una prohibición nacional directa, el uso de calzado inadecuado puede considerarse una conducta riesgosa, sobre todo en rutas y autopistas, donde las velocidades son más altas y las maniobras requieren mayor precisión.

Multas y sanciones por manejar con ojotas

La situación cambia de manera clara al analizar las normativas provinciales. Mendoza se convierte en un caso particular dentro del país. Allí, la Ley Provincial de Tránsito N.º 9.024 prohíbe de forma expresa manejar con ojotas o sandalias abiertas.

En territorio mendocino, esta conducta se clasifica como falta leve, lo que implica una sanción económica para quienes sean detectados conduciendo con calzado no permitido. Aunque no se trata de una infracción grave, la multa funciona como advertencia y refleja una postura más estricta en materia de seguridad vial.

Esta diferencia explica por qué muchos conductores que viajan desde otras provincias desconocen la norma y se sorprenden al recibir una sanción. Lo que resulta tolerado a nivel nacional puede estar prohibido a nivel local, y Mendoza marca ese límite de manera explícita.

Multas vigentes según la normativa:

  • Falta leve: Multa de 12.700 pesos (equivalente a 100 unidades fiscales).
  • Pago anticipado: Si se abona dentro de los tres días posteriores, el monto se reduce a 7.620 pesos.
  • Concurso de faltas: Cuando se acumulan varias infracciones, la multa puede superar los 190.500 pesos.
  • Infracciones gravísimas: En el caso de manejar alcoholizado, las multas alcanzan desde 381.000 hasta 1.397.000 pesos, dependiendo de la graduación alcohólica.

Tomar mate al volante: una costumbre bajo la lupa

Más allá del calzado, existe otra práctica profundamente arraigada en la cultura argentina que genera debates constantes: tomar mate mientras se maneja. La imagen del termo entre las piernas y el mate en la mano forma parte del paisaje cotidiano de muchas rutas.

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La Ley Nacional de Tránsito tampoco prohíbe de forma directa esta acción. Sin embargo, establece que el conductor debe mantener ambas manos sobre el volante, excepto en situaciones puntuales, como cambiar de marcha en vehículos con caja manual. Desde ese punto de partida, varias provincias avanzaron con interpretaciones más estrictas.

En Mendoza, tomar mate al conducir se considera una falta grave. La sanción equivale a 1000 Unidades Fijas (UF). Con una UF valuada en $420, la multa alcanza los $420.000, una cifra que sorprende incluso a quienes conocen la normativa.

Córdoba adopta un criterio distinto, aunque también sanciona la conducta. Allí, tomar mate en un viaje se encuadra dentro del concepto de manejo inseguro, una categoría que incluye acciones como fumar mientras se conduce. La multa es de 20 UF y, con el valor vigente de $1539 por unidad, la sanción ronda los $30.780.

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