Declaran culpable del femicidio de Mabel Mena a Jorge Linco
La sentencia encontró responsable al acusado por el homicidio de su expareja. El asesinato de la portera de Junín de los Andes conmocionó a toda la provincia.
Jorge Octavio Linco fue declarado culpable, en la noche de este viernes, por el homicidio agravado por el vínculo de su expareja, Corina Mabel Mena, de acuerdo a la sentencia de los miembros del jurado popular.
Los 12 miembros del jurado popular se pronunciaron y lo hallaron culpable por unanimidad por el asesinato que conmocionó a Junín de los Andes y a toda la provincia. Además, el mismo jurado también lo encontró culpable por lesiones leves en perjuicio de Marcos T.
Familiares, colegas y amigos estuvieron presentes en la audiencia que se extendió por más de 12 horas y escucharon el fallo en medio de una profunda emoción.
La defensa intentó recusar al juez
Antes del debate, la defensa del acusado intentó interponer un recurso al solicitar la recusación del juez técnico Juan Pablo Balderrama alegando presunta falta de imparcialidad. No obstante, no prosperó y la doctora Leticia Lorenzo, designada para analizar el pedido, decidió la continuación del juicio.
La condena para Linco la establecerá el Tribunal de Juicio, teniendo en cuenta los agravantes del aberrante asesintao.
Cómo sucedieron los hechos
Después del feriado del 25 de mayo, comenzó el juicio por el femicidio de Corina Mabel Mena y por las lesiones provocadas a una amiga suya en un hecho ocurrido en junio de 2025 en Junín de los Andes. Según la acusación, el acusado estaba "motivado por celos y control".
La pena en expectativa es la condena a cadena perpetua por eso el debate se desarrolla ante un jurado popular integrado por 12 personas titulares y es dirigido por el juez técnico Juan Pablo Balderrama. En representación del Ministerio Público Fiscal intervienen el fiscal jefe Gastón Ávila y la asistente letrada Lucila Maggiora.
De acuerdo con la teoría del caso de la fiscalía, el hecho ocurrió el 7 de junio de 2025, cerca de las 6:40, en una vivienda ubicada en el barrio Los Pobladores de Junín de los Andes.
Según la acusación en la casa se generó una discusión por celos en la cual el imputado atacó con un cuchillo a M.D.G.T., la amiga.
Cuando la mujer le recriminó la agresión, la atacó con una puñalada en el tórax que le perforó el corazón y le causó la muerte por una lesión cardíaca perforante y hemotórax.
La fiscalía sostuvo que no fue un hecho aislado sino que el acusado mantenía con la víctima una relación de pareja atravesada por episodios de violencia psicológica y que el crimen fue cometido mediando violencia de género.
Conductas de "celos y control"
Según planteó Ávila en su alegato de apertura ante el jurado popular, la fiscalía quiso demostrar que el acusado actuó motivado por “celos y control”. En este sentido, el fiscal jefe precisó que el imputado ejercía “conductas de control” sobre la víctima y que la relación estaba atravesada por situaciones de violencia psicológica.
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