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La Mañana niña

Irá más de 9 años a prisión por abusar de una niña que quedaba a su cuidado

La fiscalía había pedido una pena de 10 años de prisión y la defensa, una pena menor que el mínimo previsto para el delito.

Un abusador fue sentenciado a más de 9 años de prisión efectiva por someter por casi seis años a una niña de su entorno familiar cuando esta quedaba a su cuidado. Los abusos sexuales ocurrieron en tres domicilios distintos de la ciudad de Neuquén.

La teoría del caso es que el imputado cometió los abusos de forma reiterada entre 2012 y 2018, en tres domicilios distintos de la ciudad de Neuquén, aprovechando las oportunidades en las que la niña, que era parte de su entorno familiar, quedaba a su cuidado.

El autor del abuso es "J.M.V.A", quien el 18 de marzo pasado fue condenado por el delito de abuso sexual continuado, gravemente ultrajante y agravado por el vínculo.

“Entendemos que la joven siempre sostuvo el relato e indicó en todo momento al mismo agresor, sin señalar a otra persona”, explicó el presidente del tribunal al momento de comunicar el veredicto de responsabilidad respecto de los abusos por los que se condenó al imputado.

Las pruebas que presentaron los representantes de la fiscalía, sobre la base de las declaraciones de testigos, peritos y familiares, respaldaron el testimonio de la víctima, quien precisó cómo y dónde ocurrieron los hechos.

Tras la declaración de responsabilidad en el juicio, se realizó la audiencia de determinación de la pena, durante la cual la fiscal del caso Eugenia Titanti y por el asistente letrado Bruno Miciullo, pidieron 10 años de prisión para el abusador.

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Por su parte, la defensa del acusado pidió al tribunal que la condena fuera de 5 años y 4 meses, un monto inferior al mínimo previsto en la escala penal de los delitos por los que se declaró la responsabilidad, que es de 8 años.

Luego de analizar los pedidos, el tribunal conformado por los jueces Gustavo Ravizzoli, Juan Guaita y Luciano Hermosilla decidió imponer al abusador la pena de 9 años y 6 meses de prisión efectiva.

El monto de la pena se aproxima más al solicitado por la fiscal del caso y el asistente letrado.

Entre las consideraciones propuestas por la fiscalía para estimar la pena a imponer, el tribunal tomó la reiteración de hechos; la edad de la víctima y la extensión del daño causado. En este último punto, el juez Ravizzoli, destacó el valor del informe presentado por el Servicio de Atención a Víctimas y Testigos (SAVyT) del Ministerio Público Fiscal.

Con el objetivo de proteger la intimidad de la víctima, se reservan la identidad del acusado y las precisiones respecto del modo lo lugar en los que cometió los delitos. Una vez que la condena quede firme, "J.M.V.A" será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

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Acusado de violar a una niña por 15 años

Un delincuente condenado a 16 años de prisión por la Justicia rionegrina fue acusado por someter a abusos sexuales durante aproximadamente 15 años a una niña de su familia, a quien recientemente y gozando de libertad condicional, intentó convencer de retirar la denuncia en su contra para evitar un nuevo antecedente. El hombre quedó detenido por pedido de la fiscalía.

Se trata de "M.H.U", a quien el pasado 23 de mayo la fiscalía le imputó el delito de abuso sexual simple continuado –varios hechos- en concurso ideal, agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con la menor, en carácter de autor.

De acuerdo a la teoría del caso que investiga el Ministerio Público Fiscal, los hechos ocurrieron en el lapso de tiempo que va desde 2008 hasta antes del 13 de febrero de 2023 -cuando todo salió a la luz-, en dos viviendas en la ciudad de General Roca y en la ciudad de Cutral Co. El imputado, en más de una ocasión, abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar.

Asimismo, se le atribuyó el hecho que ocurrió entre el 9 de enero de 2024 y el 8 de marzo de 2024. El acusado desobedeció la orden impuesta por una jueza de Familia, quien ordenó por el término de 50 días la exclusión del domicilio en el que vivía junto a la víctima, así como también la prohibición de acercamiento a una distancia menor a 500 metros, y de realizar todo tipo de actos de perturbación y/o intimidación directa o indirectamente, por sí o por terceros y por cualquier medio respecto de la víctima.

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