La mujer policía que atropelló a Catalina y la dejó al borde de la muerte fue imputada: qué sucederá
Camila Rocío Esperanza, agente de la Policía de Neuquén, fue imputada por las lesiones que causó a la nena de 9 años. La investigación se extendió 4 meses.
A casi tres meses del choque que dejó como saldo a Catalina, una nena de nueve años, al borde de la muerte, el Ministerio Público Fiscal logró la imputación de la funcionaria pública Camila Rocío Esperanza, agente de la Policía de Neuquén, por las lesiones que le causó tras atropellarla con el móvil policial a pocas cuadras de la vivienda familiar.
En la audiencia celebrada esta mañana en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Andrés Azar formuló cargos por los hechos cometidos el 19 de noviembre de 2025, cuando Catalina, la víctima, se trasladaba en su bicicleta junto a una amiga por una calle de tierra de Plottier.
De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió alrededor de las 19, en la intersección de las calles Reconquista y Güemes. En ese momento, la imputada conducía una camioneta Volkswagen Amarok, identificada como móvil policial JP 15-21 y afectada a la comisaría 46 de Plottier.
En su exposición, indicó que lograron determinar que la policía Esperanza circulaba a una velocidad mínima estimada en 72,82 km/h —en una zona donde el máximo permitido es de 30 km/h— y sin utilizar sirenas ni balizas, perdió el control del vehículo e impactó contra dos bicicletas en las que circulaban las dos niñas.
Como consecuencia del impacto, una de ellas fue embestida por el móvil policial, mientras que la otra logró evitar el choque al arrojarse de la bicicleta. La víctima fue trasladada de urgencia al hospital de Plottier y luego derivada al hospital Castro Rendón de la ciudad de Neuquén, donde ingresó con politraumatismos.
¿Cuál fue la imputación a la mujer policía que atropelló a Catalina?
Según los informes médicos y pericias incorporadas al legajo, las lesiones incluyeron compromisos neurológicos, respiratorios y ortopédicos, y se determinó que presentará secuelas permanentes e irreversibles, por lo que requerirá atención médica constante para su sostén vital.
El fiscal Azar atribuyó el hecho a una conducción imprudente y antirreglamentaria del vehículo oficial, al exceder ampliamente la velocidad permitida en una zona residencial. Además, puntualizo que Esperanza no activó los sistemas de emergencia sonora y lumínica exigidos por la normativa vigente. Indicó además que las pericias accidentológicas concluyeron que el exceso de velocidad y la pérdida de control del rodado fueron la causa principal del siniestro.
La conducta fue calificada provisoriamente como lesiones gravísimas culposas agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y por el exceso de velocidad, en carácter de autora (artículos 45 y 94 bis, segundo párrafo, del Código Penal; y 39 y 61 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449).
En la audiencia, el fiscal del caso estuvo acompañado por el asistente letrado Maximiliano Jávega y la funcionaria Cynthia Tobares, y solicitó que se tengan por formulados los cargos en los términos expuestos y se fije un plazo de investigación.
Por su parte, la querella, en representación directa de familiares de la niña, adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal.
Finalmente, el juez de garantías Juan Manuel Kees tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la investigación.
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