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La Justicia frenó un acuerdo en una causa por apuñalamiento y apartó al juez

El Tribunal de Impugnación hizo lugar a un recurso del Ministerio Público Fiscal, revocó la homologación del acuerdo y ordenó continuar la investigación penal preparatoria.

El Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló un acuerdo reparatorio en una causa por homicidio simple en grado de tentativa y resolvió apartar al juez de garantías Juan Manuel Kees, quien había homologado ese acuerdo pese a la oposición del Ministerio Público Fiscal. La decisión fue unánime y permitió que la investigación penal continuara.

La impugnación fue presentada por el fiscal jefe Agustín García, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Dolores Franco, quienes cuestionaron una resolución dictada el 16 de diciembre de 2025. En esa audiencia, el juez Kees había homologado un acuerdo entre el imputado J.C.M. y la víctima D.F.A., que incluía el pago de dinero y la entrega de un vehículo, y que implicaba cerrar la causa penal.

El hecho investigado ocurrió el 19 de octubre de 2025, cuando J.C.M. atacó por la espalda a D.F.A. con un arma blanca y le dio dos puñaladas, una de ellas en el pecho. Las heridas pusieron en riesgo su vida, pero la víctima sobrevivió gracias a una intervención médica de urgencia.

Durante la audiencia de impugnación, la fiscalía sostuvo que la acción penal es responsabilidad exclusiva del Ministerio Público Fiscal y que un juez solo puede apartarse de su opinión en casos muy excepcionales. En ese sentido, la fiscal Lucrecia Sola explicó que un juez solo puede decidir en contra del dictamen fiscal si este es ilegal, arbitrario o irrazonable, y que eso debe estar claramente fundamentado.

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Según la fiscalía, en este caso el juez no explicó por qué decidió cerrar la causa pese a la oposición del Ministerio Público Fiscal, lo que vulneró el sistema acusatorio y el debido proceso.

Por su parte, el fiscal jefe Agustín García señaló que homologar el acuerdo causaba un “gravamen irreparable”, porque extinguía la acción penal. “Si esa decisión quedaba firme, la causa se cerraba y se dictaba el sobreseimiento, sin posibilidad de revertirlo más adelante”, explicó.

La situación de la víctima

Desde la fiscalía de Homicidios también se hizo hincapié en la situación de la víctima y en los riesgos de aceptar acuerdos en delitos graves contra la vida. Sola sostuvo que no podía analizarse la voluntad de la víctima de forma aislada, sin considerar el contexto de violencia y su situación de vulnerabilidad al momento de aceptar el acuerdo.

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La acusación por el intento de homicidio se realizó el sábado.

La acusación por el intento de homicidio se realizó el sábado.

Además, advirtió que este tipo de salidas pueden generar revictimización y enviar un mensaje contrario a la obligación del Estado de investigar y sancionar hechos graves.

En la misma línea, García afirmó que aceptar estos acuerdos transmite el mensaje de que cuanto más vulnerable es la víctima, más fácil es cerrar una causa penal.

Ante esto, el Tribunal de Impugnación, integrado por la jueza Estefanía Sauli y los jueces Florencia Martini y Nazareno Eulogio, consideró que la decisión del juez Kees fue arbitraria. Señaló que, aunque el magistrado reconoció la gravedad del hecho, igualmente homologó el acuerdo sin refutar de manera clara la postura de la fiscalía.

También indicó que el artículo del Código Procesal Penal que el juez citó para justificar la recomposición del conflicto no permite cerrar una causa penal en contra del criterio del Ministerio Público Fiscal.

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Un tribunal neuquino definirá la pena que deberá cumplir el condenado.

Un tribunal neuquino definirá la pena que deberá cumplir el condenado.

Qué pasa ahora

Como consecuencia del fallo, el Tribunal revocó la homologación del acuerdo, ordenó que la investigación penal continúe en el estado en que estaba y dispuso el apartamiento del juez Juan Manuel Kees, al considerar que había adelantado opinión sobre el caso.

De esta manera, la causa por homicidio simple en grado de tentativa seguirá su trámite con la intervención de otro juez de garantías, mientras la fiscalía continuará con la investigación y el proceso judicial conforme a las etapas previstas en el sistema acusatorio.

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