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La Mañana motociclista

Lo imputaron por matar a un motociclista en el oeste: manejaba alcoholizado y a más del triple de velocidad permitida

El conductor circulaba a 80 km/h por la calle Casimiro Gómez cuando embistió a la motocicleta. La víctima murió en el acto.

La Justicia de Neuquén formuló cargos contra un hombre acusado de provocar la muerte de un motociclista en un trágico accidente de tránsito en el oeste de Neuquén capital. El siniestro vial sucedió el pasado 1 de junio cerca de las 2:30 en la intersección de las calles Casimiro Gómez y Pudú, cuando el conductor de una camioneta embistió con violencia al motociclista, que falleció en el acto.

El brutal impacto de los vehículos, provocó la muerte instantánea de Matías Daniel Tribiño Maraviglia en el lugar, cuando transitaba en su moto Yamaha 250 cc.

La imputación fue presentada por la fiscal del caso, Guadalupe Inaudi, junto a la asistente letrada Agustina Jarry, durante una audiencia de formulación de cargos realizada este jueves. Jarry le atribuyó a R.F.P el delito de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo. La imputación también fue agravada por circular con exceso de velocidad, en carácter de autor.

La reconstrucción del trágico accidente vial

De acuerdo con la teoría del caso, el siniestro ocurrió el 1 de junio de 2025, cerca de las 2:30 de la madrugada, en la intersección de las calles Casimiro Gómez y Pudú, en pleno oeste neuquino. El acusado conducía una camioneta Ford EcoSport en el sentido sur-norte por Casimiro Gómez, mientras que la víctima circulaba en sentido este-oeste sobre la calle Pudú.

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El motociclista murió en el acto.

El motociclista murió en el acto.

Durante la audiencia, Inaudi planteó que el acusado transitaba con alcohol en sangre y a una velocidad mínima de 80,37 kilómetros por hora, pese a que la velocidad máxima es de 30 km/hora en las calles urbanas.

“Conducía con una alcoholemia de 0,80 gramos de alcohol por litro de sangre y a una velocidad mínima de 80,37 km/h, pese a aproximarse a una encrucijada urbana sin semaforización, en la que debía extremar los recaudos y adecuar la velocidad a los máximos reglamentariamente permitidos para ese tipo de cruce: 25 km/h según ley neuquina y 30 km/h según Ley Nacional de Tránsito” explicó Inaudi.

El conductor de la camioneta manejaba alcoholizado y a más del triple de velocidad permitida

La fiscal remarcó que el conductor circulaba a más del triple de velocidad permitida en esa zona, además puso énfasis en que el acusado no redujo la marcha pese a acercarse a una esquina sin semáforos y en un área urbana de alta circulación de vehículos.

“El acusado R.F.P se desplazaba a una velocidad antirreglamentaria y excesiva para el cruce (triplicando la permitida en el sector por la ley local) y además, bajo los efectos del alcohol incumpliendo la normativa vigente de alcoholemia cero de la ciudad de Neuquén” agregó la fiscal del caso.

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El conductor de la camioneta Ford Eco Sport manejaba bajo los efectos del alcohol y a una velocidad de 80 km/h.

El conductor de la camioneta Ford Eco Sport manejaba bajo los efectos del alcohol y a una velocidad de 80 km/h.

Como consecuencia de esa maniobra, la camioneta impactó violentamente contra la motocicleta. A raíz del impacto, el conductor del rodado menor salió despedido y cayó sobre el pavimento, donde sufrió graves politraumatismos que le provocaron la muerte en el lugar.

Durante la audiencia, los abogados querellantes que representan a la familia de la víctima adhirieron a la teoría del caso que presentaron los representantes del MPF.

Finalmente, el juez de garantías, Juan Guaita, avaló la formulación de cargos efectuada por la Fiscalía y resolvió fijar un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación, período en el que las partes deberán reunir las pruebas necesarias para avanzar con el proceso penal.

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