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Torturas en la ex U9: las penas que cumplirán los funcionarios penitenciarios por la muerte de un preso

El fallo involucra solo a las personas que ocupaban cargos jerárquicos y que fueron condenadas por delitos como encubrimiento y omisión de denuncia tras la muerte del interno Argentino Pelozo Iturri.

La causa por imposición de torturas seguidas de muerte en la ex Unidad 9 del Complejo Penitenciario de máxima seguridad de esta capital sumó otro capítulo en los últimos días con el pronunciamiento de la Sala 3 de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), que definió las penas que cumplirán las autoridades de la cárcel por la muerte del interno Argentino Pelozo Iturri.

Los camaristas confirmaron, en un fallo dictado el pasado 16 de julio, las penas fijadas el año pasado para quienes se desempeñaban como director, subdirector y jefe de Seguridad de la Unidad 9 de Neuquén, así como para el entonces jefe de Región Sur del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Asimismo, revisaron las penas impuestas al médico y al enfermero de ese establecimiento. La responsabilidad penal del Director, el Subdirector, el Jefe de Seguridad y el entonces Jefe de Región Sur del SPF, así como la del médico y el enfermero de la Unidad 9, ya había sido confirmada por la Cámara en una instancia anterior.

Sin embargo, luego de una presentación en relación a los castigos impuestos, la CFCP se abocó a un nuevo análisis. Para las autoridades principales, las penas fueron confirmadas; para el médico y el enfermero, en cambio, la Cámara las redujo a condenas de ejecución condicional, manteniendo en todos los casos la responsabilidad penal y las inhabilitaciones impuestas.

El 20 de marzo de 2019, el Tribunal Oral Federal de Neuquén (TOF) condenó a un total de catorce agentes del SPF: a ocho de ellos, como autores materiales de la golpiza que le costó la vida a Pelozo Iturri -penas de prisión perpetua posteriormente confirmadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación-. Y otros seis funcionarios jerárquicos fueron declarados responsables por otros delitos que contemplaron su cargo en la cárcel federal.

El proceso judicial por torturas seguida de muerte en la exU9 terminó con varios agentes penitenciarios condenados.

El proceso judicial por torturas seguida de muerte en la exU9 terminó con varios agentes penitenciarios condenados.

En 2020, la CFCP, con otra integración, confirmó la responsabilidad penal de las autoridades principales, pero anuló las penas que se les habían impuesto y ordenó que fueran fijadas nuevamente. En cumplimiento de ese mandato, y tras una nueva audiencia de cesura, el TOF neuquino estableció en 2025 las penas que la Sala 3 revisó ahora en el fallo del 16 de julio.

Los delitos que se les atribuyeron

El director, Héctor Ledesma, el subdirector, José Sosa, y el jefe de Seguridad de la Unidad 9, Daniel Huenul, fueron condenados como coautores por no haber evitado la aplicación de torturas y por haber falseado la documentación relativa a lo ocurrido. La Sala 3 confirmó las penas de 4 años y 6 meses, 4 años y 3 meses, y 4 años y 8 meses de prisión impuestas a cada uno de ellos, respectivamente.

El entonces jefe de Región Sur, Gabriel Grobli, recibió una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional por encubrimiento y omisión de denuncia, que también fue confirmada. En cuanto al médico, Juan Heredia, y al enfermero de la unidad, Miguel Carrilao, la Cámara redujo sus penas a 2 años y 6 meses y 2 años de prisión de ejecución condicional, respectivamente, por no haber denunciado los hechos de tortura que presenciaron.

Una brutal golpiza

Pelozo Iturri murió el 8 de abril de 2008 en la Unidad 9 del SPF, en Neuquén, tras una golpiza propinada por personal penitenciario mientras se encontraba bajo custodia del Estado. La autopsia inicial había atribuido falsamente la muerte a causas naturales.

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