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Por droga, planearon matar a un joven pero asesinaron a otro

Así es la teoría del caso del crimen de Damián Antiñir, asesinado en junio pasado, según lo relatado por la fiscalía en la audiencia de formulación de cargos contra los tres sindicados por el hecho.

Una vez más, la droga se convirtió en la génesis de un conflicto entre grupos que dejó como saldo un grave ataque armado y el crimen de un joven de 23 años en el barrio Belén. La víctima, Damián Antiñir, habría sido ajeno al conflicto, pero murió tras recibir tres tiros en el marco del ajuste de cuentas. Una mujer que habría pedido su muerte y dos hombres que habría actuado como los atacantes, fueron acusados.

El crimen de Antiñir ocurrió la madrugada del domingo 27 de junio, cuando el joven fue alcanzado por tres tiros efectuados por dos personas que pasaron frente a su vivienda de calles Thomas y Racedo, mientras él se encontraba en el exterior junto a otros amigos. Poco se supo durante los primeros días luego de la tragedia, y recién el jueves de esta semana, la fiscalía finalizó con las diligencias y detenciones que permitieron oficializar la acusación.

De acuerdo a la teoría presentada por el fiscal Andrés Azar en la audiencia de formulación de cargos llevada adelante la mañana de este viernes, una joven identificada como Giuliana Victoria Álvarez, se reunió en su domicilio del barrio Gran Neuquén Sur entre el 1 de junio y el día del fallecimiento de la víctima, con dos conocidos: Juan Cruz Cardozo y Darío Maximiliano Rezzonico. En ese encuentro, convino entregarles a los hombres "una remuneración" para darle muerte a otro joven de apellido Miranda. Este deseo de arremeter contra el nombrado habría estado motivado por una disputa narco.

Con ese plan fue que Rezzonico y Cardozo se desplazaron la madrugada del día 27 a bordo de una motocicleta -el primero de ellos como conductor, y el segundo acompañando y en poder de un arma- por calle Thomas del barrio Belén, y dispararon contra una vivienda que frecuentaba Miranda. Sin frenar, avanzaron algunos metros y, al llegar a la esquina de calle Racedo, disminuyeron la velocidad y arremetieron a tiros contra un grupo de personas que se encontraban en la vereda, entre los que se hallaba Antiñir.

Puntualmente, se habrían efectuado al menos ocho disparos, tres de los cuales impactaron a la víctima de 23 años en distintas partes de su cuerpo y le produjeron la muerte inmediata.

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Azar mencionó entre la prueba el relevamiento de cámaras de vigilancia del sector, la información prestada por algunos testigos y puntualmente la confesión de una testigo clave que tenía una relación con Rezzonico y afirmó a la fiscalía que Álvarez les había encomendado a los hombres un "trabajo", sobre el cual luego conoció la naturaleza, entre la noche del 26 y madrugada del 27 de junio.

Tras detallar todas las evidencias contra los sindicados, el fiscal del caso pidió acusar a Giuliana Álvarez por el delito de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la promesa remunerativa, en calidad de instigadora. En tanto, a los hombres les endilgó la coautoría del mismo delito.

Además, el acusador hizo saber que los sindicados habrían hecho desaparecer el arma homicida y la motocicleta en que se desplazaban, y por ello solicitó la imposición de medidas cautelares para los tres para subsanar el peligro de entorpecimiento y el riesgo hacia las víctimas, quienes manifestaron temor a represalias.

Para Álvarez, teniendo en cuenta que es madre de un bebé lactante, requirió una prisión domiciliaria, mientras que para los hombres solicitó la modalidad preventiva; en ambos casos por un plazo de ocho meses.

La abogada defensora Cecilia Fanessi representó a Giuliana Álvarez, los abogados defensores que asumieron la defensa de Rezzonico fueron Julián Verger y Natalia Pelosso; y la defensora Laura Giuliani respaldó a Cardozo. Todos ellos, con argumentos similares, se opusieron a la formulación de cargos a sus defendidos y las figuras elegidas por la fiscalía, por no considerar el cúmulo de evidencia suficiente o con la solidez necesaria para la etapa.

También se opusieron a la medida cautelar más gravosa solicitada para los hombres, dado que opinaron que no se evidenció un intento de entorpecimiento ni de peligro hacia las víctimas desde la fecha del crimen hasta su detención.

Finalmente, el juez de garantías Lucas Yancarelli, sí consideró la evidencia suficiente para formalizar la acusación, aunque no hizo lugar por el momento al agravante de la promesa remunerativa. De esta manera, dio por formulados los cargos por homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de partícipe secundaria para Álvarez, y como coautores para Rezzonico y Cardozo.

Respecto de esto último, a pesar de la oposición de la defensa al rol endilgado a los hombres, el juez entendió que "había intención de ambos, pero se repartieron las tareas".

Por otro lado, en cuanto a las medidas cautelares contra cada acusado, el magistrado entendió que "fue un hecho grave, violento" y por ello consideró "necesario cautelar el proceso". Para la mujer, teniendo en cuenta su situación personal, consideró apropiada la prisión domiciliaria por un mes.

Respecto de los hombres, señaló que están en "una situación diferente" ya que serían los autores materiales del hecho y habrían hecho desaparecer evidencia clave. Por ello, dictó su prisión preventiva por cuatro meses.

Todos los defensores solicitaron que el fallo sea revisado por un tribunal.

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