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Provincia eximió a todos los empleados estatales de asistir a su lugar de trabajo por el coronavirus

Así lo dispuso el gobernador Omar Gutiérrez a través de un decreto este miércoles. La medida rige para todos los organismos.

El gobernador Omar Gutiérrez firmó este miércoles por la mañana el decreto 0371/20 en el que dispone que se exime de asistir a sus lugares de trabajo a todo el personal de la Administración Pública de la Provincia de Neuquén centralizada y descentralizada desde este 18 de marzo y hasta el 31 del mismo mes de 2020 por el coronavirus.

"Suspéndase los plazos administrativos en todas las dependencias de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, desde el día 17 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020", dice la norma que lleva la firma del mandatario, el ministro de Economía e Infraestructura, Guillermo Pons, y el jefe de Gabinete, Sebastián González.

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"Exímase del deber de asistencia a su lugar de trabajo, desde el día 18 de marzo y hasta el 31 de marzo de 2020, a todo el personal de la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, cualquiera sea su condición de revista, como así también a las personas vinculadas a través de contratos a plazo fijo y de locación de servicios, estableciendo como modalidad la realización de sus tareas habituales u otras análogas en forma remota y sin asistencia a su lugar de trabajo, y siempre que la prestación no sea en áreas esenciales, críticas o de servicios indispensables, debiendo disponer con las autoridades de su organismo las condiciones en que dicha labor será realizada", establece el artículo 2°.

El decreto fija que el titular de cada Ministerio, Secretaría de Estado, entidad u organismo "deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura permanente en el supuesto del avance de la pandemia".

Además, se podrá disponer la interrupción de la licencia anual ordinaria, o extraordinarias, o especiales, denegar licencias (excepto las de violencia de género) del personal a su cargo que resulte indispensable para asegurar lo dispuesto en el presente artículo, por razones de servicio.

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