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ANMAT prohibió la venta de una marca de mermeladas y otra de helado

El organismo estatal retiró del mercado ambos productos por detectar varias irregularidades.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este martes la comercialización de unas mermeladas de peras y arándanos libres de glúten, y un postre helado tricolor.

Mediante la disposición 2011/2020 publicada en el Boletín Oficial establece la prohibición de la “comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: “Mermelada de Arándanos, Libre de Gluten, marca La Tranquilina, RNPA Exp. N° 16006087, RNE 16-000488”, “Mermelada de Pera light, sin azúcar agregada, RNPA Exp. N° 16006087, RNE 16000488” ambos con el logo SIN TACC y todos aquellos productos que consignen en su rótulo el RNPA Exp. N° 16006087”.

El organismo argumentó que se trata de “productos no aprobados", dado que "no presentan impreso en el rótulo el símbolo obligatorio de Alimento Libre de Gluten cuando no está denominado como tal". Agregó que además no tiene el conservante Sorbato de Potasio.

Asimismo fija que “el producto se halla en infracción por consignar un RNE que pertenece a una razón social que no elabora dichos productos y un RNPA inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

Asimismo la ANMAT señaló que “el producto se halla en infracción por consignar un RNE que pertenece a una razón social que no elabora dichos productos y un RNPA inexistentes, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal”.

“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro y no se puede garantizar su trazabilidad, condiciones de elaboración, calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomendó prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de los productos”, se agrega en la disposición.

En tanto, en la resolución 2012/2020, la ANMAT prohibió la “comercialización en todo el territorio nacional de los Lotes: “QLT1 L consumir preferentemente antes del 12/12/2021” y “QLT1 L consumir preferentemente antes del 31/12/2021” del producto: “Crema helada sabor frutilla, vainilla y de chocolate – Postre Tricolor, marca Great Value, Cont. Neto 656g – 8 unidades de 82g c/u, RNPA Expte. 2906-23509/18, Elaborado por RNE N° 02-030528, Est. Inscripto SENASA N° B1-04075 para WalMart Argentina SRL”.

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La ANMAT retiró del mercado el postre helado tricolor Great Value por la presencia de una bacteria.

La ANMAT retiró del mercado el postre helado tricolor Great Value por la presencia de una bacteria.

El resultado de las muestras analizadas por el Laboratorio Nacional de Referencia del INAL arrojaron presencia de Listeria monocytógenes en 25g. Por eso, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL categorizó el retiro Clase I, lo que significó que debe extenderse hasta el nivel minorista.

“Esta Administración Nacional emitió un alerta alimentaria e informó a la población, a través de su página web, que “la firma WALMART ARGENTINA S.R.L. había iniciado el retiro preventivo y voluntario de 2 lotes del producto de referencia: Lotes QLT1 L consumir preferentemente antes del 12/12/2021 y Lote QLT1 L consumir preferentemente antes del 31/12/2021, medida que fue adoptada por la presencia de “Listeria monocytogenes” en muestras analizadas resultando ser en consecuencia ilegal”, precisó la ANMAT.

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