La Justicia Laboral de Río Negro ordenó a la ART del taller de reparación de neumáticos a pagarle una compensación porque no hay constancia para "siquiera sugerir otra causa" de su problema de salud.
Un hombre que dedicó 30 años de su vida a la colocación y reparación de neumáticos en una gomería de Bariloche, deberá ser indemnizado por haber quedado sordo.
Según la Justicia Laboral de Río Negro, no hay constancia para "siquiera sugerir la existencia de otra causa" para su problema de salud que no esté relacionada con las tres décadas de desempeño en un ambiente en el que debía soportar -siempre según el fallo- ruidos constantes.
El diagnóstico que recibió el hombre fue de hipoacusia neurosensorial bilateral y si bien siguió todos los procedimiento de la aseguradora del trabajo (ART) contratada por su empleador, las comisiones médicas rechazaron su reclamo inicial.
Los médicos consideraban que la patología que sufría el demandante no era una enfermedad derivada de sus años de tareas en el taller. Sin embargo, el trabajador insistió y llevó el caso a juicio.
Ahora, la Cámara Laboral Primera de Bariloche finalmente le dio la razón y ordenó a la ART a que lo indemnice..
El tribunal ordenó que la empresa le pague por una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 31,01%, además de los intereses correspondientes, tomando en cuenta “la edad del damnificado al momento de la primera manifestación invalidante”.
Los fundamentos del fallo en Bariloche
Desde el punto de vista médico laboral, la sentencia sostuvo: “Se podría considerar que las actividades laborales desarrolladas durante 30 años podrían haber sido compatibles para generar la hipoacusia neurosensorial bilateral inducida por ruido que le fuera diagnosticada”.
En ese punto, el Tribunal consideró que no hay ninguna constancia que pueda “siquiera sugerir la posible existencia de otra causa”.
De este modo, concluyeron que el trabajo desarrollado durante tantos años, bajo esas condiciones desfavorables, sin las medidas de seguridad correspondientes, fue la causa de la discapacidad.
Los jueces también tuvieron en cuenta el daño psicológico y tomaron lo indicado en las pericias en cuanto a que “este trastorno se desencadena como consecuencia de la lesión física sufrida al momento en que se encontraba trabajando como empleado de la empresa”.
El fallo agrega que el trabajador “se vio afectado por el deterioro que observa en su funcionamiento como sujeto biopsicosocial, dado que enfrenta limitaciones para desarrollarse en las actividades de la vida cotidiana”.
Esa situación, para los jueces del fuero laboral, “afectó sus emociones, sus relaciones familiares y sociales”, indicó el fallo.
Las secuelas psíquicas, según consideraron, “son consecuencia lógica de la lesión sufrida en el oído”.
La sentencia ponderó el dictamen de la perita oficial, quien analizó las condiciones laborales verificadas a su vez con una pericia de higiene y seguridad.
También se tomaron en cuenta las audiometrías y la documentación de médicos especialistas en otorrinoloaringología.
Los jueces laborales además valoraron que durante todo el proceso, en ningún momento se puso en duda la existencia de la relación laboral del trabajador con el taller de reparación y colocación de neumáticos. Tampoco la vigencia del contrato de seguro de riesgos del trabajo ni la ocurrencia del problema.
También pesó que el trabajador había cumplido previamente con todos los trámites necesarios ante las comisiones médicas, y que fueron rechazados por los profesionales al declarar la patología del empleado del taller como “enfermedad inculpable”.
La hipoacusia bilateral
Manuales médicos indican que la hipoacusia neurosensorial bilateral (que afecta a los dos oídos) se da cuando las diminutas células pilosas (terminales nerviosas) que transmiten el sonido a través del oído interno están lesionadas, enfermas, no trabajan apropiadamente o han muerto.
Indican, además, que ese tipo de hipoacusia por lo general es irreversible.
En cuanto a las causas que la generan, aparece “la exposición regular a ruidos altos (por ejemplo, por el trabajo o la recreación)”, aunque también hay otros factores, vinculados a la edad o al uso de ciertos medicamentos.
Las causas congénitas se manifiestan en la infancia e incluso son detectadas durante la gestación en el vientre materno.
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