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Condenaron a un padre por violar a sus dos hijas

Los abusos ocurrieron durante dos años. El hombre está preso.

Natalia Pérez Pertino

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Neuquén.- Dos nenas, dos madres y dos familias quedaron destrozadas cuando se conoció la verdad de los actos de un padre. A más de un año, el hombre fue declarado culpable de violar a sus dos hijas en reiteradas ocasiones. Podría recibir una pena de 8 a 20 años de prisión.

La frialdad de un hombre para cometer las peores atrocidades contra sus propias hijas sorprendió incluso a los fiscales que tratan a diario con esas situaciones. “Fue uno de los peores casos que hemos tenido”, confió el fiscal Andrés Azar, quien llevó adelante la investigación y el juicio contra el hombre de 31 años.

Habló la mayor

El padre ejemplar que todos veían no era quien parecía ser. La verdad saltó a la luz cuando la madre de la nena más grande, de 10 años, se enteró por su propia hija de que su papá la había manoseado.

La mujer lo denunció y se le tomó testimonio a través de cámara Gesell a la niña y a su hermana -por parte del padre- de 7 años, quien en principio fue como testigo y de su testimonio resultó que también había sido víctima. Los profesionales descubrieron que las dos habían sido violadas en reiteradas ocasiones por su padre.

A la primera denuncia se sumó la de la otra madre, pero cuando la fiscalía reunió las pruebas suficientes para acusarlo, el hombre se había escapado. Cayó hace unos meses, lo llevaron ante la Justicia y lo acusaron por los hechos cometidos contra sus hijas. Además, se le impuso una prisión preventiva.

Gracias a Dios se está haciendo justicia. Lo comprobé cuando escuché que lo declararon culpable”.Mamá. de una de las víctimas

Noches de terror

De acuerdo con la teoría de la fiscalía, los abusos ocurrieron en reiteradas ocasiones durante dos años en la casa donde el hombre vivía con su entonces esposa e hija menor. Aprovechaba cuando las nenas dormían, ya que la otra niña se quedaba cuando lo visitaba, para ir a sus habitaciones y abusar sexualmente de ellas. Por la brutalidad de los abusos, las niñas sufrieron un bloqueo psicológico y no pudieron expresar los actos perpetrados por su padre, pero la similitud de sus relatos apuntaba a algo peor que un abuso simple.

“Las profesionales que tomaron las cámaras Gesell explicaron que las niñas sufrieron un bloqueo inconsciente como mecanismo de defensa. Quedó probado que no lo ocultaban, sino que no podían expresarlo”. Andrés Azar. Fiscal de Delitos Sexuales

Fallo unánime

En el juicio se escucharon las filmaciones a las menores y la palabra de las madres. Pese a que los testimonios de las niñas no describían con exactitud los hechos, las pruebas presentadas a través de la médica forense fueron contundentes para el tribunal.

Por unanimidad, un tribunal lo declaró culpable de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vínculo -padre biológico- y por la situación de convivencia, en dos hechos (contra las dos menores). Ahora resta esperar que le dicten la pena.

20 años de prisión efectiva es el máximo de pena.

El Código Penal prevé una pena de 8 a 20 años de prisión efectiva para el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por la situación de convivencia. La fiscalía adelantó que buscará que la pena se aleje lo más posible del mínimo.

Un caso que conmueve a San Patricio del Chañar

Un hombre fue acusado de abusar sexualmente de la hija de unos amigos, en reiteradas ocasiones, cuando se quedaba a dormir en la casa de la familia en El Chañar.

Durante la audiencia de formulación de cargos realizada el viernes, el representante de la fiscalía detalló que los ataques ocurrieron en un número indeterminado de veces entre julio de 2015 y febrero de este año en la vivienda de la familia de la víctima, donde el acusado solía quedarse a dormir.

El fiscal de Delitos Sexuales solicitó que el hombre fuera acusado de abuso sexual con acceso carnal, agravado por aprovechamiento de convivencia preexistente con una menor de 18 años.

Por su parte, la defensora de los derechos del Niño y el Adolescente avaló el pedido y ante la no objeción de la defensa pública, la jueza Carina Álvarez hizo lugar a la formulación de cargos.

Además, se le impuso una prohibición de acercamiento hacia la víctima y la familia de ella por cuatro meses, plazo que se estableció para la investigación.

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