Les pagaron para matar pero se equivocaron de víctima
A los dos acusados por el crimen de Damián Antiñir, en el barrio Belén, se les agregó el agravante de la promesa remunerativa. Están detenidos en preventiva.
El crimen de Damián Antiñir se trató de una agresión motivada por una promesa de dinero, cuyo objetivo era otra persona, no la que resultó víctima. Esta es al menos la teoría primigenia que logró establecer finalmente la fiscalía tras una nueva formulación de cargos contra los presuntos autores del hecho.
De acuerdo a la teoría presentada por el fiscal Andrés Azar en la audiencia de formulación de cargos contra los tres acusados actualmente, Juliana Álvarez se reunió en su domicilio del barrio Gran Neuquén Sur en los días previos al crimen con Juan Cruz Cardozo y Darío Maximiliano Rezzonico. En ese encuentro, convino entregarles a los hombres "una remuneración" para darle muerte a otro joven de apellido Miranda en el barrio Belén. Este deseo de arremeter contra el nombrado habría estado motivado por una disputa narco.
Con ese plan, Rezzonico y Cardozo se desplazaron la madrugada del día 27 de junio a bordo de una motocicleta -el primero de ellos como conductor, y el segundo acompañando y en poder de un arma- por calle Thomas, y dispararon contra una vivienda que frecuentaba Miranda, dispuestos a concretar el crimen encomendado. Sin frenar, los hombres avanzaron algunos metros y, al llegar a la esquina de calle Racedo, disminuyeron la velocidad y arremetieron a tiros contra un grupo de personas que se encontraban en la vereda, entre los que se hallaba Antiñir. La víctima, de 23 años, falleció inmediatamente tras recibir tres disparos en distintas partes de su cuerpo.
Por ello, con la evidencia recabada, Azar pidió acusar a la mujer por el delito de homicidio doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por la promesa remunerativa, en calidad de instigadora. En tanto, a los hombres les endilgó la coautoría del mismo delito.
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Lucas Yancarelli, consideró la evidencia suficiente para formalizar la acusación, aunque no hizo lugar al agravante de la promesa remunerativa. Días más tarde, la decisión del magistrado respecto de la mujer fue desafiada por el acusador ante un Tribunal de Impugnación, cuyos integrantes anularon el fallo y le permitieron a Azar reiterar su pedido de acusación ante un nuevo juez: Leandro Nieves.
En la nueva audiencia, realizada a fines de septiembre, la asistente letrada Lucrecia Sola reiteró la teoría del caso que persiguen y la evidencia contra Álvarez y solicitó una vez más que se la acuse por instigar directamente el homicidio doblemente agravado por precio o promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego. Esta vez, el juez de garantías interviniente hizo lugar a la acusación.
Una vez formalizado este cambio, Azar y Sola replicaron su pedido para la acusación formulada contra los hombres, que sería en directa relación a la de la mujer. Por este motivo, reiteraron su teoría del caso y también presentaron un nuevo testimonio que daría cuenta de la promesa de pago para la concreción del crimen.
De esta manera, Nieves avaló los cargos esta vez contra los hombres, quienes quedaron acusados como autores del delito de homicidio doblemente agravado por precio o promesa remuneratoria y por el uso de arma de fuego.
Dado el riesgo de entorpecimiento, Rezzonico y Cardozo se encuentran detenidos en prisión preventiva, mientras que Álvarez lo hace bajo la modalidad domiciliaria.
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