Aún quedan dos fines de semana largo antes del cierre del año. Y uno de los cuales será de cuatro días.
La inminente llegada de noviembre marca la cuenta regresiva para los últimos feriados de 2025. Si bien muchos ya están diseñando sus vacaciones de verano, aún restan dos fines de semana largos en lo que queda del año. Y uno de ellos será “XXL”, es decir, de cuatro días.
Según el calendario oficial, el próximo fin de semana largo tendrá lugar del viernes 21 al lunes 24 de noviembre, en conmemoración del Día de la Soberanía Nacional. Este feriado se celebra habitualmente el 20 de noviembre –este año jueves-, pero al ser trasladable, se moverá al lunes 24. Además, suma el viernes 21 como día no laborable con fines turísticos, logrando así cuatro días consecutivos sin actividad para quienes puedan aprovecharlo.
Finalmente, el último fin de semana largo de 2025 será entre el sábado 6 y el lunes 8 de diciembre por la Inmaculada Concepción de María. El calendario de feriados del año se cerrará con el 25 de diciembre de Navidad, que cae jueves y, obviamente, es inamovible. Por lo tanto, los feriados que aún restan son:
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20)
- Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
Cómo se liquidan los feriados
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) instaura el régimen para la liquidación de los días feriados. Es crucial diferenciar entre feriados nacionales y días no laborables:
Feriados Nacionales
- Si el empleado no trabaja: el día feriado se abona como si fuera un día normal de trabajo, es decir, se paga el salario correspondiente a la jornada.
- Si el empleado trabaja: el empleador debe pagar la remuneración normal del día con un recargo del 100%. Esto significa que se paga el doble de lo que correspondería a una jornada habitual.
Días no laborables
- Es el empleador quien tiene la facultad de decidir si su emprendimiento tiene o no actividad, a excepción de determinadas empresas que deben permanecer en actividad. Por tal motivo, es indiferente si el empleador decide que el establecimiento tenga actividad o no ese día, y el salario del trabajador no se verá afectado, sino que se liquidará como un día más.
Los cambios de reglamentación en los feriados para 2026
Recientemente, el presidente Javier Milei firmó el Decreto 614/2025 que permite trasladar los feriados nacionales que coincidan con días sábado o domingo, una situación que hasta ahora no estaba contemplada expresamente en la legislación vigente. Con la nueva norma, podrán correrse al viernes anterior o al lunes siguiente, ampliando la posibilidad de fines de semana largos.
La normativa establece a la Jefatura de Gabinete de Ministros como la Autoridad de aplicación. La misma tendrá la facultad de dictar normas complementarias o aclaratorias necesarias para implementar el decreto. Por otra parte, se aclara que el régimen de feriados inamovibles permanece sin cambios. La nueva disposición aplica exclusivamente a los feriados Nacionales trasladables.
El calendario 2026 ya tiene confirmados varios feriados inamovibles, que no podrán trasladarse por decreto: Año Nuevo, Carnaval, Día de la Memoria, Malvinas, Viernes Santo, Día del Trabajador, Revolución de Mayo, Belgrano, Independencia, Inmaculada Concepción y Navidad. Por otra parte, los feriados trasladables que permiten flexibilidad: el Paso a la Inmortalidad de Güemes, San Martín, Día del Respeto a la Diversidad Cultural y Día de la Soberanía Nacional pueden moverse para generar fines de semana largos estratégicos.
Cuáles serán los feriados en 2026
Feriados Inamovibles
- 1 de enero: Año Nuevo
- 16 y 17 de febrero: Carnaval
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 3 de abril: Viernes Santo
- 1 de mayo: Día del Trabajador
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio: Día de la Independencia
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre: Navidad
Feriados Trasladables
- Miércoles 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (posible traslado)
- Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (traslado confirmado)
- Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (traslado confirmado)
- Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (traslado confirmado)
De esta manera, se generarán los siguientes fines de semana largos:
- 14 al 17 de febrero: Feriado de Carnaval
- 2 al 5 de abril: Semana Santa y Día de Malvinas
- 15 al 17 de agosto: Fin de semana largo por el traslado del feriado del 17 de agosto
- 20 al 22 de noviembre: Por el traslado del Día de la Soberanía Nacional
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