Cuánto es el Salario Mínimo desde 1 de agosto 2024 (SMVyM)
Así quedó establecido el Salario Mínimo, Vital y Móvil para el mes de agosto de 2024.
Según el portal oficial Argentina.gob.ar, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil"es un ámbito institucional permanente de diálogo entre representantes de los trabajadores, empleadores, el Estado Nacional y el Consejo Federal del Trabajo (gobiernos provinciales) para evaluar temas referidos a las relaciones laborales como redistribución del ingreso, asistencia a desempleados, generación de empleo genuino y decente y combate al trabajo no registrado, entre otros”.
Precisamente, este organismo es el encargado de fijar las resoluciones que determinan el Salario Mínimo, Vital y Móvil "para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744”.
¿Cuál es el salario mínimo en Argentina 2024?
El Salario Mínimo, Vital y Móvil a partir del 1 de agosto 2024 será de 262.432,93 pesos.
Asimismo, la Prestación por Desempleo monto mínimo será de $ 131.216,465 y la Prestación por Desempleo monto máximo quedó establecida en $ 262.432,93.
En el sitio web Argentina.gob.ar puede accederse a la Resolución 13/2024, que fijó los montos a lo largo de 2024 para el SMVyM y la Prestación por Desempleo.
En este documento, quedó determinado:
- en septiembre de 2024, el SMVyM será de 268.056,50 pesos
- y desde octubre de 2024 el importe será de 271.571,22 pesos.
De igual manera, se incrementará el monto para la Prestación por Desempleo. El ingreso mínimo en septiembre será de $ 134.028,25 pesos y, desde octubre, $ 135.785,61 pesos.
En la resolución 13/2024, emitida por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social –Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil-, fechada el 25 de julio y firmada por Martín Huidobro, puede leerse en el punto b que el SMVyM se fije "a partir del 1° de Agosto de 2024, en PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($262.432,93) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción; y de PESOS MIL TRESCIENTOS DOCE CON DIECISEIS CENTAVOS ($1.312,16) por hora, para los trabajadores jornalizados”.
Cabe subrayar que el SMVyM permite, entre otras funciones:
- Determinar el piso salarial
- Permitir el cálculo de deducciones y contribuciones.
- Ser un elemento para evaluar aumentos y negociaciones.
- Ser una base para beneficios y prestaciones.
- Establecer una equidad salarial.
Asimismo, la denominación Vital hace hincapié en la importancia de que el salario mínimo sea suficiente para cubrir las necesidades básicas de un trabajador y su familia. En tanto, el término Móvil implica que el monto fijado debería ajustarse de forma periódica para que puedan mantener así su poder adquisitivo frente a la inflación.
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