La gente no toma en cuenta que en el valor final del servicio abona más de un impuesto. La ley de IVA prohíbe discriminar el tributo en la factura del consumidor final.
Uno de los problemas que existe en el sistema de facturación argentino es que los comercios no están obligados a discriminar los impuestos que se pagan en cada consumo. Eso hace que la gente en general no preste atención a los detalles del resumen en un servicio.
Por caso, si se toma uno de los consumos que se han vuelto esenciales en los últimos años, como lo es la conexión a internet, la gente pasa por alto que en esa factura que le llegan todos los meses abona hasta 6 impuestos diferentes, en el caso de las ciudades del interior del país. Los de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires pagan solo 2 impuestos.
Un estudio del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) plantea que los consumidores tienen que afrontar con el consumo de internet entre el 30% y el 32% del valor final que terminan pagando.
"En CABA, al consumo neto de un ciudadano (que depende del plan de internet que se elija), se le suma una carga del 30% explicada por tributos indirectos, donde hay una gran incidencia por parte del IVA, que representa el 70% del total", señala el informe.
El reporte precisa que "en el interior, el consumo neto tiene una carga del 32%, también explicada mayoritariamente por IVA (65%), aunque en menor proporción, dado que, en el interior, al tributar a un nivel de gobierno más, se debe pagar la Tasa de Inpección, Seguridad e Higiene (TISH), que representa el 7% del peso total".
Cuáles son los impuestos indirectos
El reporte del IARAF explica que la carga tributaria indirecta se caracteriza por recaer sobre el precio de un bien y servicio, penalizando su consumo a través de su encarecimiento relativo. Dado que si alguien vive en CABA solamente tributa a dos niveles de gobierno y si vive en cualquier ciudad del interior tributa a tres niveles, resulta de interés la comparación entre CABA y el interior del país.
En el caso de internet, el estudio detectó a nivel nacional el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios. A nivel provincias figuran el Impuesto a los Ingresos Brutos. A nivel municipal figura la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene.
A ello se suman dos tributos que son específicos del consumo de internet, que los percibe el gobierno nacional: La tasa de Control, Inspección y Verificación y el Aporte al Fondo Fiduciario de Servicio Universal
Discriminar el IVA
La ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) prohíbe expresamente la discriminación de ese tributo en la factura o el ticket destinado al consumidor final, con el consecuente desconocimiento o falta de conciencia sobre el verdadero impacto de la carga impositiva en los precios.
"Cuando un o una responsable inscripto o inscripta realice ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a consumidores finales, no deberá discriminar en la factura o documento equivalente el gravamen que recae sobre la operación", sentencia la ley 23.349 en su artículo 39, ratificado en la reforma de la ley 27.618.
En ese sentido, el abogado y contador público Matías Olivero Vila lanzó una campaña a través del sitio Change.org para recolectar firmas para que el Congreso modifique el artículo de la ley que prohíbe discriminar el IVA dentro del precio total, una particularidad que se da en la Argentina. Se puede acceder al espacio a traves de las rédes sociales en @paisconlogica.
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