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Denunció al banco por un error en una deuda y ahora deberán pagarle una suma millonaria

Luego de largos siete años y tras una denuncia en la Justicia, finalmente el cliente será indemnizado. Los detalles del error que lo perjudicó.

Un conflicto entre un cliente y banco fue resuelto en la Justicia tras una denuncia que llevaba varios años, donde se determinó que la entidad deberá pagar una millonaria indemnización.

Un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata modificó un conflicto que llevaba varios años entre un cliente y un banco por una falta grave. El tribunal concluyó que la entidad financiera y la empresa emisora de tarjetas incurrieron en una conducta incompatible con la buena fe.

El motivo de la decisión judicial, se basó en que comunicaron que el cliente no tenía deuda, y meses después lo informaron como moroso irrecuperable ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Esa contradicción derivó en una indemnización millonaria por perjuicios económicos y personales.

Un error inicial que terminó en una calificación errónea en el Banco Central

El caso comenzó en agosto de 2018, cuando el cliente recibió un resumen de su tarjeta con saldo “0”. Ese documento acreditaba que no existía deuda pendiente. Sin embargo, en octubre de ese mismo año, la entidad lo reportó al Banco Central como moroso en categoría 5, la más grave del sistema de información crediticia.

Banco Central Argentina.
Banco Central de la República Argentina.

Banco Central de la República Argentina.

La consecuencia fue inmediata. Esa calificación negativa se replicó en la base de datos de Veraz, lo que afectó la reputación financiera del cliente, generó rechazos en solicitudes crediticias y lo colocó en una situación de inseguridad patrimonial injustificada. La Cámara señaló que el banco incurrió en un “actuar absolutamente reñido con la buena fe”, por haber emitido primero un resumen sin deuda y, tiempo después, informar una morosidad sin sustento documental previo.

Para el tribunal, la conducta de la entidad no mostró intención de resolver el conflicto. Por el contrario, evidenció desinterés y una falta total de coherencia entre la información brindada al cliente y la que comunicó a los organismos oficiales.

El debate por la condición de consumidor y el rechazo al argumento del banco

Una de las defensas centrales del Banco Macro fue intentar excluir al cliente de la Ley de Defensa del Consumidor. Argumentó que se trataba de un comerciante y que, por esa razón, no correspondía aplicar la normativa protectoria.

La Cámara descartó esa postura. Tras revisar los resúmenes de la tarjeta, observó consumos ligados a actividades cotidianas y familiares —compras en supermercados, artículos deportivos y electrodomésticos— que nada tenían que ver con la actividad comercial del actor. Por esa razón, el tribunal afirmó que el cliente era “destinatario final del servicio”, lo que habilita su protección bajo la ley.

El fallo enfatizó que los bancos y emisoras de tarjetas deben respetar el deber de información en todos los casos, sin importar la condición laboral o comercial del usuario, siempre que los consumos no formen parte de una cadena productiva.

Una millonaria indemnización

La Cámara consideró probado que la comunicación errónea generó consecuencias extrapatrimoniales, desde angustia hasta dificultades concretas para operar en el sistema financiero. Por eso decidió elevar los montos fijados en primera instancia.

Fallo
El Tribunal de Chubut que anuló la sentencia consideró que no es posible discernir qué parte del fallo fue escrita por el juez y cuál por la inteligencia artificial sin la revisión necesaria.

El Tribunal de Chubut que anuló la sentencia consideró que no es posible discernir qué parte del fallo fue escrita por el juez y cuál por la inteligencia artificial sin la revisión necesaria.

El tribunal determinó:

  • Daño moral: $1.400.000. El informe incorrecto al Banco Central produjo un menoscabo directo en la vida personal del cliente.

  • Daño punitivo: $2.500.000. La conducta del banco y de la empresa de tarjetas constituyó una “flagrante violación a los derechos de los consumidores”, agravada por la importancia económica de las empresas involucradas. El objetivo es lograr un efecto disuasivo para evitar conductas similares en el futuro.

El fallo subraya que la información que los bancos remiten al Banco Central debe ser precisa, coherente y verificable, ya que impacta de manera directa en la reputación financiera y la deuda de cualquier usuario.

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