Las modificaciones del Gobierno se conocieron mediante el Boletín Oficial, donde informaron la reforma a la reglamentación de la ley 17.565.
El Gobierno Nacional modificó este miércoles la ley que regula la comercialización de distintos tipos de medicamentos en las farmacias. Abarca específicamente los medicamentos sin receta. El Decreto 1024/2024 publicado en el Boletín Oficial, que establece modificaciones a la reglamentación de la Ley N° 17.565.
Los medicamentos sin receta ahora podrán exhibirse en las góndolas de las farmacias. Esto busca brindar mayor libertad de elección a los consumidores al no necesitar de ningún intermediario para elegir el producto.
A diferencia de la legislación anterior, que no contemplaba la exhibición de medicamentos de venta libre en góndolas, la nueva disposición establece que las góndolas deben estar correctamente señalizadas.
La nueva norma mantiene otros dos aspectos de la legislación anterior. Por un lado, los medicamentos deben ofrecerse en caja cerrada, con su respectivo prospecto. Por otro, la venta se limita a personas mayores de 18 años, cuya edad será constatada con el Documento Nacional de Identidad al momento del pago.
Qué pasa con los medicamentos recetados
En cuanto a la venta de medicamentos bajo receta, se mantiene la obligatoriedad de que se realice desde la farmacia y en presencia de un farmacéutico responsable.
Se incorpora la posibilidad de que la venta y entrega al paciente se acuerde por canales electrónicos, mediante traslado seguro al lugar que este disponga.
Un caso particular: antiácidos y analgésicos
La nueva legislación también establece que la comercialización de medicamentos de venta libre en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a antiácidos y analgésicos, pudiendo la Autoridad de Aplicación ampliar este listado. Esto abarca medicamentos como el paracetamol y antiácidos como el Alikal.
Queda la duda de si se podrán comercializar en otros comercios medicamentos como el ibuprofeno o el diclofenac, que son analgésicos pero contienen antiinflamatorios.
El Gobierno derogó 43 normas que permitían al Estado intervenir el mercado
El Gobierno, mediante una resolución del Ministerio de Economía, dispuso este martes la derogación de una serie de normas vinculadas al comercio “que le permitían al Estado fijar precios, intervenir mercados y solicitar información innecesaria”. La medida se anunció en el boletín oficial.
El avance de la desregulación del comercio interno se llevó a cabo mediante la Resolución 1212/2024 de la cartera a cargo de Luis Caputo y las Resoluciones 433/2024 y 434/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio, por las cuales “se suprimieron 43 normas con potencial para limitar la libertad de los ciudadanos”, según informó la cartera económica.
Al fundamentar la decisión, Economía explicó que las normas derogadas estaban “sin uso en la actualidad que, al estar vigentes, dejaban abierta la posibilidad de ser aplicadas para fijar precios, intervenir en la actividad privada y someter a los ciudadanos a requerimientos sin sentido”.
Las normas eliminadas abarcaban controles en la carne vacuna, en alimentos lácteos, en comercios y grandes supermercados. También establecían regulaciones en los servicios de comunicación y farmacias, y requerían pedidos de información a empresas e instituciones educativas.
Desde el Palacio de Hacienda detallaron que “se derogó, además, una norma que afectaba el flujo del comercio y elevaba el costo de los neumáticos”, ya que “exigía trámites redundantes para acceder al proceso de homologación de neumáticos, que encarecían el costo de los mismos” y precisaron que “se eliminaron también programas en desuso que no están alineados con las políticas de simplificación que impulsa el Gobierno”.
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