El clima en Neuquén

icon
17° Temp
15% Hum
La Mañana Gobierno

El Gobierno postergó la presentación de las deducciones de Ganancias: ¿cuál es el plazo?

Se debe a que todavía no se aprobó la nueva ley que restituye el gravamen. Por eso AFIP no puede poner nuevos aplicativos para liquidar con las nuevas escalas.

Las demoras del gobierno y el Congreso en ponerse de acuerdo para sancionar una nueva ley que restituya el Impuesto a las Ganancias está generando un sinnúmero de problemas, debido a que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no puede poner en su sitio los aplicativos que incluyan las nuevas escalas.

Es así que por una Resolución General el organismo postergó hasta el 30 de abril el plazo para presentar las deducciones del 2023 y hasta el 31 de mayo para que las empresas efectúen la liquidación.

La medida apareció publicada en el Boletín Oficial de la fecha. Se trata del Formulario F572Web a través del cual se informan cargas de familia, sueldos liquidados por otros empleadores, deducciones, desgravaciones, retenciones, precepciones, pagos a cuenta y otros beneficios.

Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tribuarios explicó que "la liquidación anual que realicen los empleadores puede arrojar saldo cero, saldo a retener o a devolver".

"La retención o devolución, según corresponda, deberá ser efectuada por los empleadores en el primer pago posterior a la fecha de la liquidación anual o en los siguientes pagos si no fuera suficiente y hasta el 10 de junio de 2024, inclusive", explicó Domínguez.

Cómo sería la devolución alentada por el Gobierno

De acuerdo con lo indicado por el tributarista, en caso de saldo a favor del empleado se debe realizar una devolución y la misma se efectuará en el primer pago posterior a la fecha de la liquidación anual.

En cambio, si debe retener, esto se efectuará en el primer pago posterior a la fecha de la liquidación anual. "Si el importe a pagar es menor al importe a retener, el saldo remanente se retendrá en los siguientes pagos que se realicen hasta el 10 de junio de 2024, inclusive", explicó el CEO de SDC Asesores Tributarios.

"Es importante recordar que el empleado puede presentar una nota al empleador para que el importe a retener que corresponda por la liquidación anual no supere el 35% de la remuneración bruta mensual que esté cobrando", destacó.

Esto le generaría luego la obligación de inscribirse en el impuesto, determinarlo e ingresar el saldo que corresponda, por ahora, en los vencimientos generales de junio de 2024 aunque es probable que se termine prorrogando.

ganancias.sdc.png
El Gobierno postergó el plazo de presentación para las deducciones de Ganancias.

El Gobierno postergó el plazo de presentación para las deducciones de Ganancias.

¿Por qué se prorroga el plazo?

El Plazo se prorroga porque las escalas del Impuesto a las Ganancias que fueron aplicadas por los empleadores por el Período Fiscal 2023, no son las que surgen de la ley del impuesto a las ganancias y, en la liquidación anual, deben aplicarse estas últimas.

Sucede que el Poder Ejecutivo Nacional anterior, instruyó a la AFIP por Decretos para que incremente las escalas del impuesto a los efectos del régimen de retención para empleados en relación de dependencia en dos oportunidades: en agosto de 2023 a través del Decreto 415/2023 y en septiembre de 2023, mediante el Decreto 473/2023.

Y esas instrucciones no han sido aprobadas mediante una Ley del Congreso Nacional.

¿Qué pasa si no se incorporan las instrucciones dadas por Decreto en una Ley?

El Poder Ejecutivo Nacional no puede modificar tributos por Decreto. En consecuencia, si no se aprueban las modificaciones por una nueva Ley, rigen las escalas del impuesto a las ganancias que están contempladas en la Ley del Impuesto a las Ganancias.

Esto puede generar deudas para empleados con remuneraciones sujetas al impuesto a las ganancias por el período fiscal 2023.

¿Existe algún proyecto de Ley para aprobar esas modificaciones?

La Resolución General 5494 hace mención a que se encuentra en trámite el proyecto 0026-PE-2023 enviado por el Poder Ejecutivo Nacional en Enero de 2024 para resolver esta cuestión.

El tema es que el Gobierno anunció que iba a retirar ese proyecto y ya hizo circular un nuevo borrador de proyecto de alivio fiscal a sancionar luego de la aprobación del proyecto de Ley Bases con el objetivo de la firma del Pacto de Mayo.

Ese nuevo borrador contempla la aprobación del incremento de las escalas en líneas con los Decretos en conjunto con otras reformas. La cuestión es que, en el actual contexto político, es incierto que se pueda aprobar dicho proyecto.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario