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Empleados de Comercio con aumento y bono: estos son los sueldos para los vendedores por media jornada en septiembre 2025

Luego del último acuerdo paritario, quedaron establecidos los incrementos en los salarios y el bono adicional para los empleados de comercio. Asimismo, también se dispuso el sueldo para los vendedores que trabajen media jornada en septiembre de 2025.

A fines de junio de 2025, se rubricó un acuerdo paritario que impactó de lleno en los salarios de los trabajadores nucleados en el rubro del Comercio. Es que la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), sellaron un convenio con incrementos salariales para los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025.

Según lo detalló FAECYS, los aumentos en los sueldos de los empleados de comercio se establecieron de manera escalonada: 1 por ciento en julio; 1 por ciento en agosto; 1 por ciento en septiembre; 1 por ciento en octubre; 1 por ciento en noviembre y 1 por ciento en diciembre de 2025.

Sueldo Empleados de Comercio cuánto cobran en marzo de 2024
A fines de junio de 2025, se rubricó un acuerdo paritario que impactó de lleno en los salarios de los trabajadores nucleados en el rubro del Comercio.

A fines de junio de 2025, se rubricó un acuerdo paritario que impactó de lleno en los salarios de los trabajadores nucleados en el rubro del Comercio.

Empleados de Comercio con aumento y bono septiembre 2025

En septiembre de 2025, la tabla salarial que nuclea a los empleados de Comercio quedó conformada de la siguiente manera de acuerdo a las escalas de ingresos según puesto y categoría:

Maestranza y Servicios

  • Categoría A: $1.065.914.
  • Categoría B: $1.068.884.
  • Categoría C: $1.079.290.

Administrativo

  • Categoría A $1.077.062 (la más baja).
  • Categoría F $1.126.863 (la más alta).

Cajeros

  • Desde $1.080.777 (Categoría A).

Personal auxiliar

  • Desde $1.080.777 (Categoría A).

Personal auxiliar especializado

  • Desde $ $1.089.700 (Categoría A).

Vendedores

  • Desde $1.080.777 (Categoría A).

Además, de acuerdo al convenio mencionado más arriba, durante el período abril-diciembre de 2025 se les abonará mensualmente a los empleados de comercio un bono –o suma fija no remunerativa- establecido en 40 mil pesos.

En el documento que estableció el acuerdo paritario para los empleados de comercio, se consignó el futuro del otorgamiento de una suma fija no remunerativa (art. 6; ley 24.241), la cual se abonará fraccionada de la siguiente manera:

  • $35.000 durante el mes de abril de 2025.
  • $40.000 durante el mes de mayo de 2025.
  • $40.000 durante el mes de junio de 2025.
  • $40.000 durante el mes de julio de 2025.
  • $40.000 durante el mes de agosto de 2025.
  • $40.000 durante el mes de septiembre de 2025.
  • $40.000 durante el mes de octubre de 2025.
  • $40.000 durante el mes de noviembre de 2025.
  • $40.000 durante el mes de diciembre de 2025.

Y se especificó que todas estas sumas se extinguen con el pago mensual de cada una de ellas con excepción de los últimos $40.000 -correspondientes al mes de diciembre de 2025-, los cuales se incorporaran a los básicos en su valor nominal en el mes de enero de 2026.

Por otra parte, cabe señalar que para aquellos trabajadores que lleven a cabo tareas en el sector de ventas con media jornada (4 horas diarias, 5 veces por semana), los sueldos de septiembre de 2025 se calculan en la mitad del básico mensual. Así quedan las remuneraciones por categoría:

  • Categoría A: $535.336.
  • Categoría B: $546.379,5.
  • Categoría C: $550.058,5.
  • Categoría D: $558.155,5.
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Los aumentos en los sueldos de los empleados de comercio se establecieron de manera escalonada.

Los aumentos en los sueldos de los empleados de comercio se establecieron de manera escalonada.

En el cuarto punto de acuerdo paritario sellado por FAECYS para los empleados de comercio, se señala que las partes firmantes asumen el compromiso de reunirse en el mes de noviembre de 2025, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas básicas convencionales, sumas, porcentajes, atento a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas, pactadas en el acuerdo y desde la vigencia del mismo.

Asimismo, se comprometen a que, en caso de acordar cualquier aumento en las escalas salariales, el mismo se realizará de forma no remunerativa y no acumulativa.

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