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Esto es lo que cobra un empleado de comercio por media jornada en febrero 2026

Luego del último acuerdo salarial, este es el sueldo de un empleado de Comercio por media jornada en febrero de 2026.

A principios de diciembre de 2025, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) -gremio que representa a los trabajadores del sector- alcanzó un acuerdo junto a las cámaras empresariales que incluyó aumentos salariales. Así, quedaron estipulados los sueldos de los empleados de Comercio para el período diciembre 2025-abril 2026. De esta manera, ¿cuánto cobra por mes un empleado de Comercio por media jornada en febrero de 2026?

Según el convenio paritario refrendado por la FAECYS, durante los primeros meses de 2026 se les abonan a los empleados de Comercio en simultáneo dos sumas no remunerativas: una de 40 mil y otra de 60 mil pesos. Así, se dispuso que la suma fija de $60.000 se pague desde diciembre de 2025 y se extienda durante enero, febrero y marzo de 2026. Ese monto recién se incorporará a las escalas básicas en abril de 2026, una vez finalizado el esquema transitorio.

Sueldo Empleados de Comercio cuánto cobran en marzo de 2024
Durante los primeros meses de 2026 se les abonan a los empleados de Comercio en simultáneo dos sumas no remunerativas: una de $40.000 y otra de $60.000.

Durante los primeros meses de 2026 se les abonan a los empleados de Comercio en simultáneo dos sumas no remunerativas: una de $40.000 y otra de $60.000.

Sueldo de empleado de comercio por media jornada en febrero 2026

En febrero de 2026, los sueldos de aquellos empleados de Comercio que lleven a cabo tareas en la denominada media jornada (4 horas diarias, 5 veces por semana) se calculan en la mitad del básico mensual, tomando como referencia la siguiente tabla salarial, que varía de acuerdo a las escalas de ingresos según puesto y categoría:

Maestranza y Servicios

  • Categoría A: $1.155.795.
  • Categoría B: $1.158.852.
  • Categoría C: $1.169.500.

Administrativo

  • Categoría A $1.167.268 (la más baja).
  • Categoría F $1.218.519 (la más alta).

Cajeros

  • Desde $1.171.091 (Categoría A).

Personal auxiliar

  • Desde $1.171.091 (Categoría A).

Personal auxiliar especializado

  • Desde $ $1.180.274 (Categoría A).

Vendedores

  • Desde $1.171.091 (Categoría A).

En relación al pago de sumas fijas -ítem incluido en el acuerdo logrado por la FAECYS, mencionado más arriba- el monto correspondiente a la suma no remunerativa de 40 mil pesos fue prorrogada.

Así, los empleados de Comercio la continuarán percibiendo a lo largo de los meses de enero, febrero y marzo de 2026, con incorporación definitiva prevista para abril de 2026. Por ello es que, junto a la suma mencionada más arriba -60 mil pesos- los empleados de Comercio reciben $100.000 adicionales por mes, producto de la suma conjunta de ambos conceptos, según lo acordado entre la FAECYS y las cámaras empresarias.

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Aquellos trabajadores que lleven a cabo tareas en la denominada media jornada (4 horas diarias, 5 veces por semana), los sueldos de febrero de 2026 se calculan en la mitad del básico mensual.

Aquellos trabajadores que lleven a cabo tareas en la denominada media jornada (4 horas diarias, 5 veces por semana), los sueldos de febrero de 2026 se calculan en la mitad del básico mensual.

Cabe aclarar que el acuerdo también establece que las sumas no remunerativas deberán computarse para los siguientes ítems:

  • Aguinaldo (Sueldo Anual Complementario).
  • Vacaciones.
  • Antigüedad.
  • Presentismo.
  • Horas extra.
  • Indemnizaciones por despido.

En el acuerdo paritario sellado por la FAECYS para los empleados de Comercio, se señala que las partes firmantes asumen el compromiso de reunirse en el mes de marzo de 2026, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas básicas convencionales, sumas, porcentajes y atentas a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas, pactadas el acuerdo y desde la vigencia del mismo.

Asimismo, se comprometen a que, en caso de acordar cualquier aumento en las escalas salariales, el mismo se realizará de forma no remunerativa y no acumulativa.

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