Federico Sturzenegger logró nuevos enemigos: los traductores públicos
El polémico ministro respaldado por Milei quiere que desaparezcan los colegios profesionales. Advierten sobre los riesgos de errores en recetas y fórmulas en otros idiomas.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la República Argentina, Federico Sturzenegger, sigue sumando enemigos a su proyectos de desregular las actividades profesionales colegiadas. Como se sabe, el funcionario envió un proyecto de ley al Congreso que generó una fuerte polémica.
Los martilleros públicos ya hicieron conocer su rechazo, mientras que ahora se sumaron los traductores públicos. Se trata de personas con alta formación en idiomas que suelen ser asistentes de la Justicia en los casos en los que hay involucrados extranjeros.
"Desde 1972 los diferentes gobiernos que rigieron los destinos del país, mantuvieron la obligatoriedad de la traducción pública por parte de un traductor público con título universitario o con autorización judicial, si dicho matriculado era especialista en un idioma minoritario el cual no tenía carrera universitaria en el país", recuerda el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires en un comunicado.
El documento recuerda que artículos como el 115 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación determina que las causas se deben sustanciar en idioma español, mientras que existe jurisprudencia de la Corte Suprema que determina que los fallos que emiten los tribunales deben ser claros y comprensibles.
A criterio de los traductores públicos, la reforma que propone Sturzenegger elimina la obligatoriedad de traducción de los documentos en otro idioma, situación que de ocurrir vulnera la jurisprudencia en la materia. Esto afectaría al Poder Ejecutivo. en cambio, se mantendría para el caso de los tribunales.
"El anteproyecto en estudio por parte del Poder Ejecutivo crea una situación de inseguridad jurídica total", dicen los profesionales.
El polémico ministro, que esta semana fue respaldado por el presidente Javier Milei ante las criticas por la derrota en el proyecto de la ley que permitía extranjerizar tierras, pretende que los profesionales se manejen en un entorno de libre competencia. Es de recordar que los colegios no solo establecen normas de ética para la actividad sino que suelen determinar los aranceles que deben cobrar los colegiados por su actividad.
La crítica de los traductores
Los traductores públicos determinaron siete defectos al proyecto que propone Sturzenegger.
1) A nivel provincial o municipal, en todo el ámbito de las provincias y municipalidades, continúa vigente la obligatoriedad de la traducción pública de los documentos en idioma extranjero que se presenten pero en la CABA, no será necesario.
2) El contenido de dichos documentos en idioma extranjero, no será controlado por nadie ya que no condiciona quien lo traduce en el extranjero, no habrá alguien que sea responsable de la veracidad o totalidad de la traducción como ocurre ahora, mientras a contadores y abogados se les quiere incrementar su responsabilidad por la veracidad de su trabajo, al traductor público se lo trata de eliminar y la traducción al idioma nacional , se hará libremente sin nadie que sea responsable.
3) El proyecto le daría a los organismos descentralizados y al Ejecutivo facultades extraordinarias, impropias de un sistema republicano, para que reorganicen un sistema que funcionó durante 54 años, para reemplazarlo por otro que para estar vigente se necesitarían seis meses de libertad total para que lo organice el Poder Ejecutivo.
4) El art. 247 del Código Penal establece: "Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente. Será reprimido con multa de setecientos cincuenta a doce mil quinientos pesos, el que públicamente llevare insignias o distintivos de un cargo que no ejerciere o se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren".
Así sanciona el intrusismo profesional y la usurpación pública de títulos u honores. Establece una pena de prisión de quince días a un año para quien ejerza una profesión que requiere habilitación especial sin título, y multa para quien use falsos títulos o insignias. Protege el ejercicio de las profesiones por parte de profesionales universitarios del país, protección que trata de eliminar el anteproyecto de ley.
5) Mientras el Poder Judicial mantendría la obligatoriedad de la traducción de todo documento por traductor público, el Ejecutivo nacional permitiría la libre presentación de traducciones sin nadie que se haga cargo de las mismas y violando el art 247 del Código Penal, creando un sistema donde la profesión universitaria no sería necesaria y habría delitos que aunque el Estado los promueva con su accionar, no serían malos. Entonces no se necesitarían médicos y se habilitarían manosantas o curanderos, o no se necesitarían escribanos , contadores, etc.
6) Un certificado de antecedentes penales, documentación de un grupo económico sobre el origen de los fondos lícitos o no, una fórmula de un medicamento o producto químico, una marca, etc ; todo documento extranjero sin la traducción correspondiente gozará de una presunción de no saber si dicha traducción es correcta o no, ni la IA lo podría determinar ya que un párrafo mal traducido bastaría para invalidar ese proceso pero sin firma responsable de quien traduce, sin título habilitante para realizarlo, dichas omisiones o errores serían algo habitual.
7) También viola el federalismo y las autonomías provinciales, al tratar de reformar una ley de aplicación local como la Ley20.305 a través de una ley federal.
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