El Presidente realizó varios anuncios, entre ellos uno para endurecer sanciones y penas contra las compañías vinculadas a operaciones no autorizadas.
En la cadena nacional que se emitió en la noche del jueves, donde el Presidente Javier Milei que enviará al Congreso un proyecto de ley de Defensa de la Soberanía Nacional, dio detalles sobre varias medidas que busca implementar sobre la explotación de petróleo en Islas Malvinas.
“Estaré enviando al Congreso con carácter urgente un proyecto de ley de defensa de la soberanía nacional. Esta ley tendrá tres objetivos. El primero, modificará la Ley 26,659 para endurecer las sanciones y penas contra las compañías vinculadas a operaciones no autorizadas. Los proveedores de estos proyectos recibirán las mismas penas y prohibiciones que las empresas con las que colaboran”, detalló el mandatario.
En este contexto, confirmó que los infractores no podrán contratar en territorio argentino, sea con el sector público o privado, y se dispondrá, cuando corresponda, la aplicación del juicio en ausencia.
Durante la cadena nacional el presidente señaló que el proyecto petrolero offshore Sea Lion, operado por Navitas Petroleum y Rockhopper Exploration, tiene fecha para iniciar la extracción.
Qué es el juicio en ausencia para petroleras
Milei fue contundente al anunciar la medida que “dispondrá cuando corresponda la aplicación del juicio en ausencia” contra quienes participen de operaciones no autorizadas en las Islas Malvinas.
Y firmó un decreto para una base naval en Tierra del Fuego y el envío “con carácter urgente” de la nueva ley para endurecer penas a compañías y proveedores, inhabilita a los infractores a contratar en el país y habilita el juicio en ausencia.
La medida permitirá juzgar a los acusados que se encuentren prófugos o no se pueda dar con su paradero. La norma habilita esta herramienta para delitos concretos y abre la discusión sobre si podría utilizarse para defender recursos naturales en un territorio en disputa.
La figura de juicio en ausencia está vigente desde 2025 para terrorismo y crímenes de lesa humanidad, pero ahora pasaría así a un terreno nuevo de explotación de recursos naturales en un territorio en disputa.
Hasta ahora, el juicio en ausencia no se contemplaba para delitos económicos ni para empresas. La Ley 27.784y sancionada el 20 de febrero de 2025, quedó sujeto a genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y cualquier otra agresión al Estatuto de Roma, y tipificaciones de la Convención Interamericana contra el Terrorismo.
“El juicio en ausencia será aplicable únicamente en aquellas causas en las que se investigue la comisión de delitos cometidos en el territorio nacional, o cuando sus efectos se produzcan en el mismo o en los lugares sometidos a su jurisdicción, o bien cuando se cometan en el extranjero por agentes o empleados de autoridades argentinas en desempeño de su cargo”, se detalla en la ley,
Y para poder aplicarla es necesario que exista un imputado rebelde, conocimiento del proceso e intentos razonables de captura y garantiza la defensa técnica, registro audiovisual del debate y la chance de un nuevo juicio si el acusado aparece.
Cuándo se utilizó la figura de "juicio en ausencias" en Argentina
Su primera aplicación es la causa AMIA, cuando el juez Daniel Rafecas la habilitó en junio de 2025 contra prófugos iraníes y libaneses.
En su fallo, Rafecas sostuvo que los acusados fueron declarados rebeldes hace años y que nunca respondieron a los pedidos de extradición “a pesar de saber perfectamente que están siendo buscados”.
La investigación mantiene la postura de que el atentado fue digitado desde las más altas esferas del régimen iraní, con apoyo logístico y operativo de Hezbollah en Argentina y en la Triple Frontera.
Los acusados en este caso son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.
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