Aunque hizo saber que no hablará públicamente, desde el Colegio de Juezas de Rawson pidieron que se difunda el texto de su resolución, en el que objeta a la fiscal.
La jueza de Rawson, María Laura Martini, está en el ojo de la tormenta desde que el lunes 26 de agosto deciedió conceder la suspensión de juicio a prueba (probation) a cinco imputados por el incendio intencional de la Casa de Gobierno de la capital de Chubut durante una manifestación, en diciembre de 2021.
La medida, que le permitió a Lurdes Ariadna Nicole Molina Leguiza evitar ir a juicio oral y público a cambio de donar seis bolsones de fideos en un plazo de 8 meses a alguna organización benéfica, fue duramente criticado tanto desde la política como el ámbito judicial. También que haya aceptado la propuesta de otros acusados, que además proponían un resarcimiento en dinero.
Luego de la andanada de cuestionamientos, si bien la magistrada hizo saber que por el momento no hará declaraciones públicas, desde el Colegio de Juezas de Rawson, conformado también por sus pares Karina Breckle y Eve Ponce, se pidió a medios locales que difundieran los fundamentos de su resolución, acorde al precepto de que los jueces “hablan” con sus fallos.
“No desconconozco la gravedad”
En el escrito, Martini justificó la medida que tomó señalando que, durante la audiencia del 22 de agosto, la defensa de los acusados realizó "una pormenorizada exposición para cada uno y de sus propuestas de reparación". Y destacó que la fiscal Florencia Gómez "nada dijo en concreto" para explicar su rechazo a las propuestas.
En su resolución, Martini señaló: "No desconozco que las circunstancias que rodearon a estos hechos fueron de gravedad, pero los delitos aquí imputados son menores, al igual que las penas pretendidas". Y remarcó que a pesar de ello, la fiscalía no brindó "fundamentos del por qué de un dictamen negativo general y extensivo por igual a cada propuesta" de los acusados para evitar ir a juicio.
La jueza argumentó que la fiscalía "no justificó por qué, a pesar de que la pretensión punitiva oscilaba entre un año y ocho meses de prisión y cuatro años de prisión, consideraba que no resultaría aplicable una pena de ejecución condicional".
Además, incluso criticó el desempeño de la fiscalía en la audiencia, al puntualizar que llegó "sin contar con los informes actualizados de antecedentes de sus acusados", lo que, según Martini, debilitó la postura del Ministerio Público Fiscal.
Los imputados en Chubut, sin antecedentes
En su resolución, explicó que recibió esa información al día siguiente, corroborando que ninguno de los imputados tenía antecedentes penales, lo que a su entender "robustece la posibilidad de aplicación de una condena en suspenso".
Además, Martini señaló que la fiscalía no ofreció una estimación de los daños causados ni aportó un valor estimativo de los bienes robados, lo cual resultaba crucial dado que los delitos imputados fueron "daños y hurtos agravados".
Según detalló la jueza, incluyeron la rotura de "vidrios, persianas y un móvil policial", mientras que los hurtos correspondieron a "un matafuego y un bidón para dispenser de 20 litros".
La jueza hizo notar que ninguno de los imputados fue acusado de provocar el fuego en la Casa de Gobierno de Chubut en la marcha del 16 de diciembre de 2021, en contra de que se habilitara la minería en la provincia, proyecto que finalmente no se concretó.
La jueza también apuntó que la fiscalía solo invocó "un interés público prevalente basado en la gravedad de los hechos" para oponerse a la probation, pero no presentó un dictamen negativo "debidamente fundado".
Martini destacó que la fiscal Gómez apeló a conceptos como "el sentimiento de inseguridad en la comunidad y la insatisfacción social con las soluciones alternativas", pero criticó que "si no se los fundamenta, ambos conceptos podrían aplicarse a cualquier delito".
Los casos previos y la ausencia de la Fiscalía de Estado
Otro punto controvertido que Martini abordó en su fallo fue la invocación por parte de la fiscalía del caso de Matías Schierloh, quien fue condenado por incendio intencional durante los mismos incidentes.
Martini aclaró que en ese caso "el delito imputado fue peor: incendio intencional con peligro común para los bienes", y que la pena solicitada era de "5 años de prisión", una situación a su entender muy diferente a la que la llevó a convalidar las probation.
Además, recordó otro caso previo relacionado con los incendios en Rawson, en el que dos acusados fueron sobreseídos luego de que Fiscalía aceptara un "pedido de disculpas".
Martini se preguntó en su fallo: "¿En esos casos la gravedad del contexto no era la misma que la invocada ahora para brindar un dictamen desfavorable a la suspensión del juicio a prueba?".
La jueza no sólo cuestionó a la representante del Ministerio Público. También criticó a la Fiscalía de Estado, que -según puntualizó— aunque fue notificada como parte damnificada, no se constituyó como querellante ni asistió a la audiencia.
Según Martini, la fiscal Gómez recibió una comunicación telefónica desde Fiscalía de Estado, en la que se le indicó que desde allí se opondrían a "cualquier propuesta de la Defensa", pero la magistrada cuestionó que "no se cuenta con una oposición seria y fundada por parte de la damnificada", considerando que la negativa se había anticipado "incluso antes de escuchar los pormenores de las propuestas planteadas".
Mientras se espera la resolución de la apelación presentada tanto por la fiscal Gómez y la del gobierno de la provincial, la controversia continúa creciendo, a la espera de que se pronuncie el Tribunal Superior de Justicia.
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