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La Mañana Judiciales

Pidieron cinco años de cárcel para los profesores de remo

Sólo resta saber la pena por haber marcado a un chico con un fierro caliente en el Club Santafesino.

Neuquén
Tras encontrarlos culpables de marcar con un fierro caliente a un joven remero en un rito de iniciación en el Club Santafesino, los tres implicados aguardan por la pena, que para la querella debe ser de cinco años de prisión, en tanto que los defensores solicitaron la absolución.

Para la Justicia, Cristian Jadul y los hermanos Damián y Juan Rodríguez quemaron con un fierro caliente en la cola a un alumno de canotaje de 14 años. Esto lo decidió el 23 de junio el tribunal integrado por Diego Piedrabuena, Cristian Piana y Liliana Deiub, que los halló culpables por el delito de lesiones graves, agravadas por la premeditación y la participación de dos o más personas. El delito prevé una pena de 3 a 10 años de prisión efectiva.

Se comprobó que a los demás chicos les hacían comer pasto o les pegaban con una toalla mojada.

Para definir la pena, durante esta semana se realizó el juicio de cesura. Los jueces escucharon nuevos testigos, la declaración de los tres agresores y los alegatos de todas las partes. Tanto el fiscal Horacio Maitini como el abogado querellante Hugo Hernández solicitaron una condena de cinco años de prisión efectiva.

“En ningún momento mostraron arrepentimiento y también quedó demostrado que torturaban a los chicos con diferentes ritos”, aseguró Hernández, y ejemplificó: “Les hacían comer pasto o les pegaban con una toalla mojada”.

Por su parte, los abogados defensores, Roberto Bereguer por Juan Rodríguez y Marcelo Inaudi por Damián Rodríguez y Cristian Jadul, pidieron la absolución y pena natural de los tres profesores de canotaje. Y argumentaron que uno de los acusados fue torturado por la Policía cuando estaba detenido luego de la denuncia de los padres del adolescente. La resolución de la pena la informará el tribunal mañana.

Se dividieron las tareas
Para arribar al veredicto, los jueces valoraron el testimonio de la víctima y la coincidencia de los hechos relatados con los informes médicos sobre las heridas que presenta, además de las secuelas psicológicas.

Para el tribunal, los tres atacantes tuvieron una división de tareas. “Si Damián Rodríguez no hubiera sorprendido a la víctima, aprovechando la confianza que le tenía, Jadul no podría haberle bajado los pantalones, y si este no lo hubiera hecho, Juan Rodríguez no le podría haber causado las lesiones en los glúteos y la zona perianal que causó”, detalla el fallo.

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