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La Mañana culpable

Lo declararon culpable de matar de 13 puñaladas a su ex cuñado

César Enrique Nahuelquén fue condenado por el crimen de Julio Alfonso González Poo, ocurrido en abril de 2022 en Toma Norte. Su hermano fue sobreseído.

Un año después, César Enrique Nahuelquén fue hallado culpable de haber asesinado a Julio Alfonso González Poo; mientras que su hermano fue sobreseído por pedido de la fiscalía. El crimen tuvo lugar en abril de 2022 en el barrio Toma Norte de Neuquén capital y tuvo su preámbulo en la violencia de género que sufría la hermana de los acusados de manos de la víctima del homicidio.

La semana pasada se llevó adelante el juicio contra dos hermanos acusados por el delito de homicidio simple. Sin embargo, luego de la etapa de producción de prueba, en su alegato de clausura, el fiscal del caso Andrés Azar retiró la acusación respecto a A.L.R.A por el beneficio de la duda.

crimen toma norte

Es que, lo que se pudo determinar en juicio fue que el 2 de abril de 2022, cerca de la 1 de la madrugada, en la vereda de una vivienda del barrio Toma Norte, Julio Alfonso González Poo mantuvo una discusión con Nahuelquén, con quien ya había tenido disputas previas.

"Si bien la víctima se retiró del lugar, y el imputado ingresó a la casa, luego éste salió junto a otro varón y comenzó a perseguir a González Poo, lo alcanzó y lo agredió. La víctima recibió al menos 13 puñaladas, de las cuales una le dañó la arteria femoral, lo que le produjo la muerte a los pocos minutos", detalló la teoría del caso probada en juicio. En un principio se señaló que su hermano había perseguido y atacado a la víctima también, pero esto no fue acreditado.

En representación de la familia de la víctima intervino como querellante el abogado particular Elio García, quien adhirió al pedido de la fiscalía.

Finalmente, tras un cuarto intermedio para deliberar, un tribunal colegio resolvió por unanimidad declarar penalmente responsable a Nahuelquén por el delito de homicidio simple. Además, a pedido de la acusación, consideró que la producción de la prueba le otorgó el beneficio de la duda al otro acusado respecto a su intervención y declaró el sobreseimiento, así como el cese de la detención domiciliaria que cumplía.

Ahora resta que la Oficina Judicial fije una audiencia donde se debatirá la pena que deberá purgar, que, de acuerdo al delito atribuido, es de 8 a 25 años de prisión efectiva.

SFP Audiencia por homicidio en Toma Norte (16).JPG

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