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Violento aceptó mudarse a otra provincia para evitar el juicio por amenazar a su ex

El hecho por el que aceptó su responsabilidad ocurrió en San Patricio del Chañar, a comienzos de este año.

Un hombre de San Patricio del Chañar que amenazó a su ex pareja con un arma, aceptó mudarse a otra provincia y ya no acercarse a la víctima para evitar el juicio y acceder a una condena condicional. La pauta acordada por las partes es un importante recurso que se ve con frecuencia en las causas por violencia de género y que busca garantizar el bienestar de la víctima.

El hecho por el que el violento aceptó su responsabilidad fue cometido el pasado 4 de febrero en una chacra ubicada en la zona de la Picada 12 de San Patricio del Chañar. Entre las 22:30 y las 23, el agresor -identificado solo como "J.F.G"-, discutió con su ex pareja en el interior de la vivienda de la mujer.

Allí, la insultó y, utilizando un arma de fuego, le dijo que la iba a matar. El hijo adolescente que ambos tienen, intervino y le quitó el arma a su padre, mientras que un hermano de la víctima, que también estaba en la casa, logró frenar la agresión.

Luego, la mujer y su hijo fueron hacia la ruta, llamaron por teléfono a la actual pareja de ella y le pidieron ayuda. Esta persona los buscó en su auto y los trasladó hacia la comisaría de esa localidad, en donde radicaron la denuncia contra el violento.

Finalmente, el personal policial que intervino fue hacia la chacra donde ocurrió el hecho y detuvo al imputado, que permanecía allí luego del altercado.

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Por este hecho, el fiscal Andrés Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez le atribuyeron al imputado la autoría del delito de amenazas agravadas por el uso de arma de fuego. Por esta figura es que el hombre aceptó ser condenado, como parte de un acuerdo que charlaron los integrantes de la fiscalía y su defensa, para evitar el juicio, una instancia en la que podría haber recibido una pena aún mayor.

La pauta más interesante del acuerdo es que el agresor aceptó mudar su domicilio de manera permanente a otra provincia, lo que lo alejará de la víctima. Además, no la podrá contactar a ella ni a su grupo familiar por ningún medio.

Por otro lado, las demás reglas de conducta requeridas por las partes incluyen: no abusar de bebidas alcohólicas y no cometer nuevos delitos.

El acuerdo contempló además una pena de prisión condicional de 3 años, es decir, que mientras el agresor cumpla con las pautas fijadas, purgará su condena en libertad. En caso de infringir las reglas, la prisión condicional podrá ser revocada y efectivizada.

El juez de garantías Gustavo Ravizzoli, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el acuerdo presentado por las partes que contó con el reconocimiento por parte del ahora condenado y con la conformidad de la mujer víctima del hecho. Por este motivo, el magistrado declaró la responsabilidad penal de "J.F.R" y lo sentenció de acuerdo a lo estipulado.

El nombre del condenado se mantiene bajo reserva con el objetivo de resguardar a la mujer que fue víctima del caso y también a su hijo.

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