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La Mañana prisión

Violación grupal: procesan con prisión preventiva a los seis acusados

Según el Código Penal, las penas sobre los imputados podrían llegar hasta los 15 años de prisión.

El juez en lo Criminal y Correccional 21, Marcos Fernández, procesó este martes con prisión preventiva a los seis detenidos por una violación grupal perpetrada días atrás en el barrio porteño de Palermo.

Además, el juez dispuso un embargo sobre sus bienes por 35 millones de pesos y dispuso los procesamientos en un fallo con perspectiva de género, en el que interpretó "el caso como un supuesto de violencia contra la mujer".

Los procesamientos recayeron sobre los acusados Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), Thomas Fabián Domínguez (21), Steven Alexis Cuzzoni (20), Franco Jesús Lykan (24), Ignacio Retondo (22) y Thomas Fabián Domínguez (21)

A los seis, el juez los procesó por “abuso sexual con acceso carnal, agravado por la intervención de dos o más personas” (delito con una pena prevista de entre 8 y 20 años de cárcel), pero Retondo y Domínguez suman además una imputación por las “lesiones leves” que le provocaron a un testigo.

"No puede soslayarse que sucesos como los aquí ventilados y analizados, se encuentran alcanzados por las previsiones de la Convención de Belén do Pará. Por lo tanto, los mismos deben ser enmarcados como un supuesto de violencia contra la mujer", sostuvo la resolución, de 89 páginas.

El juez describió cronológicamente toda la secuencia que padeció la víctima, desde que se encontraba en un boliche de la zona, en donde se la vio en un estado de confusión que algunos testigos definieron "como borracha".

Sin embargo, el magistrado descartó procesar a los seis acusados por el suministro de alguna droga que hubiera vulnerado la capacidad de la víctima.

"Al menos en este estadio no se han allegado elementos de juicio ni indicios suficientes como para robustecer la idea de que aquellos hubieran provocado el estado de inconciencia de la víctima, ya sea por medios violentos o engañosos que la indujeran a presentar el cuadro de vulnerabilidad que la afectó", sostiene la resolución.

Pero, en ese contexto, el juez también destacó que la joven se encontraba en "estado de vulnerabilidad" y que "los actos sexuales no se integraron con su voluntad, en tanto no podía autodeterminarse libremente".

La víctima reconoció "haber consumido alcohol y marihuana", pero los estudios de laboratorio mostraron "resultado positivo para marihuana, anfetamina, y metilenedioximetanfetamina" (éxtasis).

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Esa situación de vulnerabilidad fue corroborada por la testigo de la panadería Natalia Duarte, quien manifestó: "Luego cuando ya estaba la policía, le acerco a la víctima un vaso de agua, y que en ese momento ella me decía perdoname, perdoname, no sé qué hacía adentro del auto".

"Se tambaleaba, no podía discernir que lo suyo era ayuda y no ataque", recordó.

El juez descreyó del relato del único de los imputados que aceptó declarar, Franco Jesús Lykan, quien describió una situación de sexo consentido.

La víctima, sostiene el fallo, "no ha podido informar o dar mayores precisiones en lo relativo a las agresiones sexuales a las que fue sometida. Ello, ante la imposibilidad de recordarlas al encontrarse al tiempo de su comisión inmersa en un estado de intoxicación que la tornó vulnerable y le produjo lagunas amnésicas".

"En lo que hace al posible entorpecimiento de la investigación, se verifica la existencia concreta de indicios que justifican la grave sospecha de que los imputados podrían amedrentar o amenazar no sólo a la víctima, sino también a los testigos", explicó.

Horas antes, uno de los seis imputados había pedido ampliar su declaración indagatoria antes de que el juez Walter Fernández resolviera la situación procesal de todos, como finalmente sucedió por la tarde.

Se trata de Tomás Fabián Domínguez, uno de los detenidos que estaba afuera del vehículo donde ocurrió la agresión sexual denunciada en el expediente.

Domínguez, a través de su defensor, Jorge Alfonso, presentó el pedido de ampliación de indagatoria después de que en dos oportunidades, convocado por el juez, se rehusara a declarar.

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