La escuela aplicó el protocolo por lo dicho por la niña y se lo comunicó a la mamá, quien fue a la Justicia. Pero las pericias determinaron que el hombre la abrazaba sin intención sexual.
La mamá de una alumna de una escuela primaria de Cipolletti denunció a un maestro por abuso sexual. Sostuvo que, por protocolo, le habían comunicado desde el establecimiento que la niña, de 13 años, había manifestado que el docente “la abrazó en varias ocasiones por atrás”.
Sin embargo, en la declaración que la menor hizo en cámara Gesell no corroboró la hipótesis por la que el hombre fue investigado en una instancia preliminar. Se determinó que de su declaración “no se desprende un hecho delictivo”, y que se trató de gestos de “afectos de los cuales no se puede seguir un obrar con intenciones sexuales”.
Por ese motivo, la Fiscalía que dictaminó la desestimación del caso, pero como la madre se opuso a esa resolución, el Fiscal Jefe dispuso la continuidad de la pesquisa y tomar una serie de declaraciones pendientes.
Pero esas nuevas diligencias ratificaron la primera resolución, ya que los testimonios no surgió “nueva información que pueda hacer variar la postura desestimatoria antes dictaminada”.
"No hay ilícito para investigar"
La medida fue comunicada a la denunciante, quien no opuso ni se presentó en el caso como parte.
Antes ese escenario, la defensora Oficial, Andrea Villanueva, pidió el sobreseimiento del profesor, requerimiento que no fue objetado por la defensora de Menores, Susana Merino. Explicó que se había entrevistado con la denunciante, y confirmó que no objetaba la decisión que beneficiaba al hombre.
El fiscal Guillermo Ibáñez también avaló el requerimiento. Sostuvo que se investigaba un presunto abuso sexual simple agravado por ser el acusado docente de la presunta víctima, aunque concluyó que “no hay ilícito para investigar”.
Aclaró al respecto que “los abrazos del acusado no conllevan una intención sexual, por lo que no hay dolo en la ocasión”.
Coincidencia en el pedido de sobreseimiento
Como lo plantearon las partes, el juez Juan Puntel resolvió sobreseer al docente.
Explicó que tiene autorización para tomar esa determinación, dado que la normativa dispone que en esta instancia el sobreseimiento procederá “si el hecho no se adecúa a la figura penal”.
A ello agregó que la Fiscalía, la Defensora de Menores, la madre (representante legal de la menor) y la defensa del acusado coincidieron en el pedido y acordaron que “el obrar del denunciado carece de intención dolosa típica del delito de abuso sexual”.
Explicó en el mismo sentido que “ya es determinación de política criminal precisar el grado de persistencia o no en casos de presunta violencia de género con víctimas menores de edad, para lo cual en lo atinente a los estándares de debida diligencia e interés superior de las niñas o adolescentes, advierto que la motivación esgrimida por todas las partes del caso, y el acuerdo de todos ellos en el sentido desincriminatorio, alcanzan para dictar el sobreseimiento definitivo del denunciado”.
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