La Consulta popular cerca de convertirse en ley en Neuquén
El proyecto de reglamentación obtuvo despacho de las comisiones A y B y este miércoles podría ser aprobado por la Cámara. ¿Por qué la eventual sanción de la norma agravaría el conflicto con ATEN?
El proyecto de ley que busca reglamentar la Consulta popular en la provincia de Neuquén obtuvo despacho favorable de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Presupuesto de la Legislatura, y llegará al recinto para ser tratado en la sesión de este miércoles.
De aprobarse, y tal como adelantó LMNeuquén la semana pasada, esto podría agravar el conflicto que hoy existe con el gremio docente ATEN, ya que se trata de una norma que prevé habilitar los artículos 310 y 311 de la reformada Constitución de la provincia de 2006, estableciendo los procedimientos y condiciones para la realización de consultas populares vinculantes y no vinculantes.
Ese llamado puede derivar en la presentación de un proyecto para poner a consideración, por ejemplo, el declarar a la Educación servicio esencial. De ahí la relación respecto a que esta iniciativa reavive aún más la disputa que hoy mantiene ATEN con el Gobierno.
Mucho más teniendo en cuenta que el proyecto para reglamentar la Consulta popular fue presentado, entre otros, por el diputado Claudio Domínguez (MPN), impulsor de la ley de plus salarial por presentismo sancionada por la Legislatura que disparó el conflicto.
¿Qué dice el proyecto?
El proyecto obtuvo en la mañana de este martes dictamen de la comisión A y luego ocurrió lo mismo por la tarde en la B, donde salieron dos despachos. El de mayoría, que presentó Domínguez, junto a Francisco Lepore de Avanzar y Guillermo Monzani de Hacemos Neuquén; y otro de minoría, de los diputados de Unión por la Patria, Lorena Parrilli y Darío Peralta.
En el despacho de mayoría se argumenta en su artículo segundo que la finalidad “es incentivar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas” y que, “en el cumplimiento de esta finalidad, se deberá asegurar la accesibilidad, la seguridad y la transparencia en los procedimientos que por la presente ley se regulan”.
Norma
Un tema importante a tener en cuenta es lo que el proyecto marca respecto a la consulta vinculante. En el artículo tercero se establece que la “Legislatura de la provincia del Neuquén puede, al sancionar una ley, incorporar en su articulado la convocatoria a consulta popular vinculante”, que “esta convocatoria debe ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros presentes”. Lo que cambió es que en el texto original decía que “la ley que dispone la convocatoria no puede ser objeto de veto por el Poder Ejecutivo”. Esto último se sacó.
A su vez, si pasa esa instancia, la convocatoria a consulta popular vinculante deberá contener el texto íntegro del proyecto de ley, “la formulación de pregunta de manera clara y precisa”, asegurando que la respuesta sea categórica por “Sí” o “No” del electorado.
Por otra parte, en su artículo sexto se especifica que “la ley ratificada por consulta popular vinculante” si resulta con "Sí" no puede ser objeto de veto por el Poder Ejecutivo y se promulgará de manera automática. Y si el resultado es "No" no se podrá volver a tratar en el lapso de dos períodos legislativos.
Al ser vinculante, el voto del electorado será obligatorio y “se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en la Ley Electoral de la provincia del Neuquén para aquellos ciudadanos que no cumplan con su obligación de votar”.
También se empleará el sistema de Boleta Única Electrónica o papel, asegurando “la confidencialidad del voto y la integridad del proceso electoral".
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