El clima en Neuquén

icon
14° Temp
47% Hum
La Mañana CALF

No habrá revisión de los ítems en la factura de CALF

La presidencia del Concejo Deliberante declaró inadmisible un proyecto presentado mediante iniciativa popular. Hubo irregularidades. ¿Qué pasó?

El Concejo Deliberante de Neuquén puso fin a la discusión sobre la ciniciativa popular para bochar los ítems de la factura de CALF, entre el más importante, la deuda con Cammesa. Había presentado miles de avales para poner en marcha ese mecanismo.

Lo formalizó este miércoles por la mañana a través de una resolución 555/24, por parte de la presidenta del cuerpo deliberativo, Claudia Argumero y el secretario legislativo, Federico Closs. El objetivo era derogar la Ordenanza N°14.645/23, que es el acuerdo entre CALF y Cammesa.

La iniciativa había sido promovida por un grupo de vecinos y vecinas de la ciudad, quienes, amparados por el Artículo 152 de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza N°10197, presentaron el proyecto para derogar esa ordenanza.

servicio CALF
CALF incorporó un item de la deuda con Cammesa en enero pero hace uros días lo rebajó en un 70% los montos.

CALF incorporó un item de la deuda con Cammesa en enero pero hace uros días lo rebajó en un 70% los montos.

Este artículo establece que cualquier elector municipal puede presentar un proyecto de ordenanza, excluyendo aquellos relativos a gravámenes y al presupuesto.

CALF: el acuerdo con Cammesa

La Municipalidad comenzó desde el 1° de enero de este año a cobrar un ítem por el acuerdo con Cammesa, por un plan de pago de 96 cuotas. Hace pocos días, redujo el monto de ese ítem en un 70%, para todas las demandas eléctricas, que implicaba que casi 100 mil usuarios residenciales pasen de pagar 2.899 pesos a 858,25 pesos el ítem en la factura.

En la ordenanza, también, aparece el ítem de Nuevo CAN, que es un canon que los contribuyentes pagan en la boleta de CALF para el traslado y la construcción del Complejo Ambiental Neuquén.

Para ser considerado, el proyecto de Iniciativa Popular debía cumplir una serie de requisitos formales, incluyendo la presentación de planillas con firmas que representen al menos el 1,5% del padrón electoral.

En este caso, el total de electores municipales asciende a 226.075, requiriéndose por tanto 3.392 firmas. La presentación superó este umbral, contando con 4.656 firmas.

Irregularidades detectadas

De acuerdo a la resolución a la que 555/2027 de este miércoles 7 de agosto, a la que accedió LMNeuquén, indica que hizo algunas irregularidades en el proceso de verificación de avales.

Se detectaron algunas irregularidades en los datos consignados en las planillas, como domicilios y números de teléfono que no coincidían con el padrón electoral. Además, se identificaron errores en la firma de los promotores, los cuales fueron rectificados en la mayoría de los casos.

A pesar del cumplimiento de los requisitos formales, la Presidencia del Concejo Deliberante concluyó que el proyecto no podía ser admitido debido a que su contenido versaba sobre cuestiones relativas a gravámenes municipales, lo cual está explícitamente prohibido por el Artículo 152 de la Carta Orgánica Municipal y el Artículo 3° de la Ordenanza N°10197.

El análisis determinó que el proyecto de derogación de la Ordenanza N° 14645 infringía estas disposiciones, motivo por el cual se decidió declarar su inadmisibilidad para evitar un trámite que mantendría una nulidad insalvable.

En abril, la Comisión de Servicios Públicos había rechazado la realización de una audiencia pública para tratar la deuda de CALF. La había un grupo de vecinos con más de 14 mil avales.

Los solicitantes cuestionaron en duros términos a los concejales que integran la comisión que rechazó la audiencia. "Algunos no llegan a comprender los textos", fustigó Silvana Género, integrante de la agrupación Magenta, que lideró la movida en el Concejo contra la decisión de cargar a los usuarios la deuda por la energía consumida y no pagada a la mayorista Cammesa.

Un fallo judicial a favor de CALF

También en mayo, la justicia emitió un fallo contrario a la postura de acciones en el juicio que tramitan contra la cooperativa y el expediente pasó al fuero contencioso administrativo.

La medida se resolvió por el pedido de excepción de incompetencia solicitada por CALF y respaldada por la Municipalidad de Neuquén -en su carácter de tercero- y giró las actuaciones al fuero procesal administrativo. Deberán pagar $400.000 en honorarios.

La jueza en lo Civil, Comercial y de Minería de Neuquén María Guadalupe Losada se declaró incompetente para entender sobre el expediente presentado por Liliana Andrea Tecker y Catalina Uleri, entre otros, contra el cobro de adicionales en la factura de la Cooperativa CALF. Ahora será el fuero contencioso el que resolverá el caso.

Te puede interesar...

Lo más leído

Leé más

Noticias relacionadas

Dejá tu comentario