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Planes sociales en Neuquén: rechazaron suspender los plazos procesales en la causa

La causa está en su etapa final para terminar con todo el proceso. Qué va a pasar con las condenas por administración fraudulenta.

En una audiencia realizada este miércoles en Neuquén, el juez Luis Giorgetti rechazó la solicitud del Ministerio Público Fiscal, y de la Fiscalía de Estado para suspender hasta el 26 de julio los plazos procesales en la causa de Planes Sociales para aquellas personas a las que se le formularon cargos inicialmente el 29 de noviembre de 2022: Ricardo Soiza, Néstor Pablo Sanz, Marcos Osuna, Valeria Honorio, Isabel Montoya y Emmanuel Victoria Contreras.

El pedido se fundamentó en que según establece el art. 87 del Código Procesal Penal de Neuquén, una causa penal no puede superar los 3 años de duración, debiéndose sobreseer a los imputados una vez vencido ese plazo. Para esta causa declarada como compleja, ese plazo perentorio se extiende a cuatro años.

Luego de que se dispusiera la fecha de inicio de las audiencias de impugnación para el día 27 de julio de este año, la fiscalía consideró necesario realizar un planteo para prevenir un posible vencimiento del plazo, considerando como “tiempo muerto”, según expresó el fiscal, desde la fecha actual hasta el día previo al inicio de las audiencias de impugnación.

Juez Luis Georgetti de Neuquén
El juez Luis Georgetti.

El juez Luis Georgetti.

Las defensas se opusieron al planteo por considerar que no es el momento oportuno para realizarlo. Plantearon que lo que corresponde, en todo caso, es solicitar una reposición de plazos una vez que los mismos se hayan vencido.

El juez de garantías Luis Giorgetti, rechazó la solicitud de la fiscalía, considerando que no existe ninguna norma que ampare, en esta etapa, ese pedido, más aún cuando existen tres personas que se encuentran cumpliendo medidas cautelares de detención domiciliaria.

Qué había pedido la Fiscalía

El Ministerio Público Fiscal había solicitadola suspensión de los plazos procesales en la causa por asociación ilícita y estafas con planes sociales, al advertir que el proceso podría vencerse antes de que se resuelvan las impugnaciones.

El pedido fue realizado durante una audiencia de control de la investigación, en la que el fiscal del caso Juan Narvaez, con la adhesión del representante de la Fiscalía de Estado Gustavo Kohon, expusieron que, debido a la complejidad del caso y a los tiempos fijados para la audiencia de impugnación —prevista para fines de julio—, se genera un período de inactividad de aproximadamente cinco meses.

Según precisó Narváez, esa demora, sumada a otros lapsos sin actividad jurisdiccional, pone en riesgo el cumplimiento del plazo máximo del proceso, que vence en noviembre de 2026. Por ese motivo, solicitó suspender el cómputo de los plazos hasta el inicio de la audiencia ante el Tribunal de Impugnación.

La fiscalía sostuvo que la causa, iniciada en 2022 y declarada como asunto complejo, implicó el análisis de una gran cantidad de información, pericias contables e informáticas y la intervención de múltiples imputados, lo que excede las previsiones del legislador al fijar los plazos procesales. Además, indicó que la demora en la fijación de la audiencia de impugnación responde a cuestiones operativas del sistema judicial y no a las partes.

El planteo fue acompañado por la querella institucional, pero rechazado por las defensas, que señalaron que no existe una norma que habilite la suspensión de plazos en estas condiciones, que el pedido es abstracto porque aún no hay vencimiento y que la cuestión debe analizarse en su momento, si efectivamente ocurre.

Al resolver, el juez Giorgetti consideró que la solicitud carece de “anclaje legal”, ya que las normas invocadas por la fiscalía refieren a supuestos distintos, como la reposición de plazos vencidos o prórrogas acordadas entre partes. También remarcó que no corresponde adelantar un análisis sobre el plazo total del proceso cuando el eventual vencimiento aún no se produjo.

También advirtió que la medida solicitada podría afectar derechos de los imputados, en particular de aquellos que se encuentran con prisión domiciliaria, ya que implicaría paralizar el proceso. Así, el magistrado resolvió rechazar el pedido de suspensión de los plazos y dispuso continuar con el trámite del caso en las condiciones actuales.

Las condenas por los planes sociales

En diciembre pasado, un tribunal fijó penas para doce personas por las estafas cometidas entre septiembre de 2020 y julio de 2022. Los exfuncionarios Abel Di Luca, Tomás Siengentharler y Ricardo Soiza recibieron 5 años de prisión efectiva, mientras que otros imputados fueron condenados a penas de entre 3 y 4 años y medio, algunas de cumplimiento efectivo y otras condicional. Además, se dispuso la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

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