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Se casó, no pudo estudiar ni trabajar y reclamó una compensación económica tras el divorcio

El caso se ventiló en tribunales de General Roca. Su exmarido, policía de carrera, la deberá resarcir durante dos años con al menos el 40% del salario mínimo.

Una mujer recibirá una compensación económica durante dos años luego de divorciarse de su pareja y padre de su hija, porque en los 18 años que duró el matrimonio no pudo trabajar ni estudiar.

Mientras que el hombre ascendió seis veces en su carrera profesional en la Policía, ella se dedicó a las tareas del hogar y cuidar a la hija de ambos, además de no poder arraigarse en ninguna ciudad por los reiterados traslados que imponía el trabajo del marido.

Luego del divorcio quedó en evidencia “el claro desequilibrio que se había generado entre ambos”, indica una sentencia del fuero de Familia de General Roca, que le reconoció a la mujer el derecho a un resarcimiento por parte de su ex marido.

Ese dinero le permitirá, ahora, capacitarse y generar herramientas para tratar de insertarse en el mercado laboral. Durante los próximos dos años el hombre deberá aportarle un porcentaje de sus ingresos, que no podrá ser inferior al 40% de un salario mínimo vital y móvil.

Un derecho reconocido por la Justicia

La compensación económica es un derecho reconocido por el Código Civil y Comercial de la Nación a favor de cualquiera de los integrantes de una pareja cuando el divorcio le produce “un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación”. Para que exista el derecho es necesario que ese desequilibrio tenga como causa “el vínculo matrimonial y su ruptura”, precisa el fallo.

“Encuentro que se ha configurado un desequilibrio manifiesto, concretamente en la imposibilidad que tuvo la actora de capacitarse durante el matrimonio, generando un menoscabo al momento de terminar la relación, quedando ella sin empleo, al cuidado de la adolescente, sin estudios, sin aportes y con limitadas probabilidades de reinserción laboral. Por su parte el demandado continuó su carrera en la policía, en donde durante el matrimonio fue recategorizado cinco veces y con posterioridad una vez más”, indicó la jueza a cargo de la Unidad Procesal de Familia N° 16 de Roca.

Una orden: la comida sobre la mesa

En el juicio, la mujer y una testigo relataron que durante el matrimonio el hombre “nunca le permitió” trabajar ni tener una vida social activa.

Según relató la señora en la demanda, cuando ella quiso retomar la secundaria en una escuela nocturna, “el marido le dijo que se fijara cómo iba a pagarse el colectivo y que la comida debía estar en la mesa” cuando él regresara de trabajar.

El policía, en su descargo, lo negó y aseguró que él la motivaba para que estudie o trabaje.

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Ante esa contradicción la jueza definió: “Puede que no se le haya impedido a la señora salir a trabajar, pero ciertamente, siendo el proveedor el señor y en el reparto de roles que pactaron como pareja, ella era quien se veía más obstruida de alguna manera para hacerlo”.

La jueza tuvo en cuenta que ahora, tras casi dos décadas de dependencia económica, “los requerimientos del mercado laboral han cambiado y se necesitan otras herramientas para conseguir trabajos rentables”, lo que agrava la desventaja.

Fuerza para salir adelante

Hoy la mujer tiene cerca de 45 años y está realizando cursos de capacitación. Al presentar la demanda había pedido una compensación económica por la misma cantidad de años que duró el matrimonio, pero la jueza definió un plazo de dos años destinado a equilibrar la falta de formación laboral. Contempló, por otra parte, que el hombre cumple correctamente con la cuota alimentaria para la hija y que está garantizada la vivienda familiar para ambas.

El aporte mensual facilitará que la mujer “se perfeccione o en su caso se inserte o fortalezca en el mundo laboral o propicie sus propios ingresos, que la habiliten a generarse su sustento”.

Además, en ese lapso podrán liquidar y distribuirse los bienes gananciales obtenidos durante la unión “y de esta manera recomponer la desigualdad que se generó al momento de la separación”, agrega el dictamen judicial.

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