La medida publicada por el Gobierno en las últimas horas, alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas.
Este lunes, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), confirmó una modificación en el Impuesto a las Ganancias. La medida alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas.
Se trata de nuevas pautas para el Régimen Simplificado de Ganancias, el cual modificó la normativa para la determinación anual e ingreso del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país.
ARCA formalizó en las últimas horas, cambios en el Impuesto a las Ganancias para personas físicas y sucesiones indivisas mediante la incorporación de un régimen de declaración jurada simplificada, que redefine la forma en que los contribuyentes deben presentar y determinar el tributo, según lo dispuesto este lunes en el Boletín Oficial.
La medida publicada en la Resolución General 5836/2026 en el Boletín Oficial, incorpora las previsiones necesarias para los sujetos que elijan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Cómo funciona el nuevo esquema simplificado de ARCA
Este régimen opcional apunta a consolidar el sistema de Inocencia Fiscal, por el cual el Gobierno nacional pretende que circulen ahorros de los residentes en el país.
Para ingresar a este mecanismo tributario, los contribuyentes deben realizar el trámite a través del servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" en el sitio web del organismo. Para acceder al sistema es necesario contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2 o superior.
Bajo este sistema, el organismo “pondrá a disposición la información obrante en sus sistemas, así como aquella suministrada por responsables y/o terceros”.
Uno de los ejes centrales es la obligatoriedad de realizar la presentación de manera digital mediante el servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado”. Allí, los contribuyentes del régimen general deberán completar el formulario F. 711, mientras que quienes opten por el esquema simplificado utilizarán el F. 2711.
En este último caso, ARCA pondrá a disposición información precargada elaborada a partir de sus propios registros y de datos suministrados por terceros. No obstante, los usuarios podrán revisar esos datos y realizar modificaciones, incorporaciones o eliminaciones antes de validar la declaración.
La resolución también establece que para acceder al régimen simplificado será necesario haber adherido o ratificado la opción dentro de los plazos previstos. En caso de exclusión o desistimiento, los contribuyentes deberán volver al esquema general para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Asimismo, se determinó que las nuevas disposiciones alcanzarán a quienes adhieran al régimen simplificado correspondiente al período fiscal 2025, en un contexto de actualizaciones periódicas que el organismo viene aplicando sobre los parámetros tributarios.
Impuesto a las Ganancias 2026: desde qué sueldo se paga en febrero y cuál es el nuevo piso
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la nueva tabla de escalas del impuesto a las Ganancias aplicable a empleados en relación de dependencia a lo largo del primer semestre de 2026. Los valores surgen de la actualización semestral, que en esta oportunidad tuvo un ajuste del 14,29% por la inflación del segundo semestre de 2025.
Con los nuevos pisos, que rigen desde el pasado 1ro de enero y que estarán vigentes hasta junio, los empleados pueden anticipar si quedarán alcanzados por Ganancias y cuánto les retendrán. Se estima que el gravamen alcanza a casi un millón de personas.
Desde qué pisos se pagará Impuesto a las Ganancias en febrero 2026 y las alícuotas
El impuesto se aplica cuando el salario supera ciertos umbrales, que varían según la situación familiar. Para enero-junio de 2026, se ubican de la siguiente manera:
- Soltero sin hijos: desde $2.692.757 netos por mes.
- Soltero con un hijo: desde $2.69 millones netos.
- Soltero con dos hijos: desde $2.89 millones netos.
- Casado con dos hijos: desde $3.30 millones netos.
El nuevo piso de Ganancias rige desde el 1ro de enero hasta junio próximo.
A partir de esos valores, se aplica una escala de retención que va del 5% al 35%:
- Hasta $2 millones: 5%
- Entre $2 y $4 millones: 9%
- Entre $4 y $6 millones: 12%
- Entre $6 y $9 millones: 15%
- Entre $9 y $18 millones: 19%
- Entre $18 y $27 millones: 23%
- Entre $27 y $40,5 millones: 27%
- Entre $40,5 y $60,7 millones: 31%
- Más de $60,7 millones: 35%
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