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Impuesto a las Ganancias 2026: desde qué sueldo se paga en febrero y cuál es el nuevo piso

La ARCA confirmó el nuevo piso del mínimo no imponible. A quiénes alcanza y cuánto se paga, según los ingresos y la situación familiar.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó la nueva tabla de escalas del impuesto a las Ganancias aplicable a empleados en relación de dependencia a lo largo del primer semestre de 2026. Los valores surgen de la actualización semestral, que en esta oportunidad tuvo un ajuste del 14,29% por la inflación del segundo semestre de 2025.

Con los nuevos pisos, que rigen desde el pasado 1ro de enero y que estarán vigentes hasta junio, los empleados pueden anticipar si quedarán alcanzados por Ganancias y cuánto les retendrán. Se estima que el gravamen alcanza a casi un millón de personas.

Desde qué pisos se pagará Impuesto a las Ganancias en febrero 2026 y las alícuotas

El impuesto se aplica cuando el salario supera ciertos umbrales, que varían según la situación familiar. Para enero-junio de 2026, se ubican de la siguiente manera:

  • Soltero sin hijos: desde $2.692.757 netos por mes.
  • Soltero con un hijo: desde $2.69 millones netos.
  • Soltero con dos hijos: desde $2.89 millones netos.
  • Casado con dos hijos: desde $3.30 millones netos.
impuesto ganancias generica -VALIDA 1200-
El nuevo piso de Ganancias rige desde el 1ro de enero hasta junio próximo.

El nuevo piso de Ganancias rige desde el 1ro de enero hasta junio próximo.

A partir de esos valores, se aplica una escala de retención que va del 5% al 35%:

  • Hasta $2 millones: 5%
  • Entre $2 y $4 millones: 9%
  • Entre $4 y $6 millones: 12%
  • Entre $6 y $9 millones: 15%
  • Entre $9 y $18 millones: 19%
  • Entre $18 y $27 millones: 23%
  • Entre $27 y $40,5 millones: 27%
  • Entre $40,5 y $60,7 millones: 31%
  • Más de $60,7 millones: 35%

Cuáles son las nuevas deducciones personales

ARCA también ajustó las deducciones que reducen la base imponible. Así serán desde febrero hasta junio:

Febrero

  • Ganancia no imponible: $858.633,75
  • Cónyuge: $808.660,78
  • Hijo: $407.810,58
  • Hijo incapacitado: $815.621,16
  • Deducción especial: $3.005.218,13
  • Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $3.434.535,00
  • Deducción especial apartado 2: $4.121.442,00

Marzo

Abril

  • Ganancia no imponible: $1.717.267,50
  • Cónyuge: $1.617.321,55
  • Hijo: $815.621,16
  • Hijo incapacitado: $1.631.242,32
  • Deducción especial: $6.010.436,25
  • Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $6.869.070,00
  • Deducción especial apartado 2: $8.242.884,01

Mayo

  • Ganancia no imponible: $2.146.584,38
  • Cónyuge: $2.021.651,94
  • Hijo: $1.019.526,45
  • Hijo incapacitado: $2.039.052,90
  • Deducción especial: $7.513.045,32
  • Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $8.586.337,51
  • Deducción especial apartado 2: $10.303.605,01

Junio

  • Ganancia no imponible: $2.575.901,25
  • Cónyuge: $2.425.982,33
  • Hijo: $1.223.431,74
  • Hijo incapacitado: $2.446.863,48
  • Deducción especial: $9.015.654,38
  • Deducción especial nuevos profesionales/emprendedores: $10.303.605,01
  • Deducción especial apartado 2: $12.364.326,01
Impuesto a la Ganancias.
El mínimo no imponible tuvo un ajuste del 14,29% por la inflación.

El mínimo no imponible tuvo un ajuste del 14,29% por la inflación.

Qué trabajadores podrían recibir un extra y por qué

La aplicación de los nuevos valores del Impuesto a las Ganancias es retroactiva al 1° de enero. Esto significa que las empresas deberán recalcular lo retenido en base a las escalas vigentes en 2026 y ajustar a los empleados lo retenido de más con el pago de febrero. “Si los empleadores ya pagaron remuneraciones aplicando la tabla del año pasado, tienen que hacer el recálculo en el próximo pago de sueldos y devolver lo retenido de más”, explicó el tributarista Sebastián Domínguez en diálogo con Infobae.

El especialista remarcó que “las empresas tardan en poder actualizar sus sistemas y aplicarlos a las liquidaciones de sueldo”. Por este motivo, es probable que quienes reciban sueldos en los días cercanos a la publicación de las nuevas tablas sigan sufriendo descuentos calculados sobre parámetros desactualizados, situación que se normaliza en el siguiente ciclo de pago. En palabras del tributarista, “si alguna empresa está pagando hoy, mañana, continúa aplicando tablas anteriores, y lo soluciona en el próximo pago”.

El procedimiento previsto por la normativa implica que la devolución se concrete en el pago inmediato siguiente a la actualización de los sistemas, utilizando el mecanismo de compensación con el monto a retener. Pero en la práctica existen compañías que priorizan la devolución directa para favorecer a sus trabajadores.

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