Bono y aumento para empleados de comercio: así quedaron los sueldos de septiembre 2025
En este artículo, te contamos cuáles son los salarios de los empleados de Comercio –con el bono de $40.000 incluido- en septiembre de 2025.
A fines de junio de 2025, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), junto a la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA), sellaron un convenio con incrementos salariales para los meses de julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025. Así, ¿cuáles son los salarios de los empleados de Comercio –con el bono de $40.000 incluido- en septiembre de 2025?
Cabe resaltar que, de acuerdo al convenio mencionado más arriba, durante el período julio-diciembre de 2025 se les abonará mensualmente a los empleados de Comercio un bono –o suma fija no remunerativa- establecido en 40 mil pesos.
Bono y aumento para empleados de comercio septiembre 2025
En septiembre de 2025, la tabla salarial que nuclea a los empleados de Comercio quedó conformada de la siguiente manera de acuerdo a las escalas de ingresos según puesto y categoría. A cada uno de los siguientes montos hay que añadirles el correspondiente al bono -de carácter no remunerativo- de 40 mil pesos.
Maestranza y Servicios
- Categoría A: $1.065.914.
- Categoría B: $1.068.884.
- Categoría C: $1.079.290.
Administrativo
- Categoría A $1.077.062 (la más baja).
- Categoría F $1.126.863 (la más alta).
Cajeros
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
Personal auxiliar
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
Personal auxiliar especializado
- Desde $ $1.089.700 (Categoría A).
Vendedores
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
Según lo consignó FAECYS en su portal oficial, los aumentos en los sueldos de los empleados de Comercio se establecieron de manera escalonada: 1 por ciento en julio; 1 por ciento en agosto; 1 por ciento en septiembre; 1 por ciento en octubre; 1 por ciento en noviembre y 1 por ciento en diciembre de 2025.
Es oportuno añadir que la Convención Colectiva de Trabajo Nro 130/75, que establece los sueldos y las escalas de los empleados de Comercio, especifica en su artículo 20 que al trabajador que se desempeñe en las provincias de Río Negro y Neuquén les corresponde un aumento del 5 por ciento adicional sobre las remuneraciones establecidas.
Asimismo, en el cuarto punto de acuerdo paritario sellado por FAECYS para los empleados de Comercio, se señaló que las partes firmantes asumieron el compromiso de reunirse en el mes de noviembre de 2025, por iniciativa de cualquiera de ellas, a los fines de analizar las escalas básicas convencionales, sumas, porcentajes, y atentas a las variaciones económicas que podrían haber afectado a dichas escalas, pactadas en el acuerdo y desde la vigencia del mismo. Asimismo, se comprometen a que, en caso de acordar cualquier aumento en las escalas salariales, el mismo se realizará de forma no remunerativa y no acumulativa.
Por otra parte, es oportuno reseñar que -en el noveno mes del año-, los empleados de Comercio celebran su día. Y si bien por la Ley 26.541 el Día del Empleado de Comercio ha sido instituido para conmemorarse cada 26 de septiembre, lo cierto es que, en 2025, se trasladó para el lunes 29. En esta jornada, los trabajadores del sector dispondrán de un día no laborable.
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