Anses cuenta con regímenes especiales para determinadas actividades. A quiénes alcanza y los requisitos para jubilarse antes.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene regímenes especiales para que determinados trabajadores autónomos puedan jubilarse a partir de los 60 años, es decir, cinco años antes de la edad de 65 años establecida en general para los hombres. Para acceder al beneficio, se deben cumplir ciertos requisitos, como años de aportes y presentar la documentación requerida.
Estos regímenes previsionales diferenciales fueron establecidos a través del Decreto 629/1973, sancionado en diciembre de 1973 durante la tercera presidencia de Juan Domingo Perón, y en la Ley 20.740. En las normas, se reconocen las dificultades físicas y psicofísicas asociadas a estas profesiones.
Qué autónomos pueden acceder a una jubilación anticipada de ANSES
El Decreto 629/1973 establece que los propietarios de automóviles de alquiler que exploten personalmente y en forma habitual sus vehículos pueden acceder a la jubilación ordinaria con 60 años de edad y 30 de actividad.
Por su parte, los transportistas autónomos de carga también pueden acceder a una jubilación diferencial a los 60 años, con 30 de servicio. En este caso, su régimen específico se encuentra contemplado en la Ley 20.740, que regula la actividad habitual de conducción de vehículos automotores destinados al transporte de cargas.
Sin embargo, no alcanza con haber trabajado como taxista o transportista durante muchos años para obtener el beneficio. Los interesados deben cumplir con la edad mínima, acreditar los servicios requeridos y presentar los documentos que permitan demostrar que su actividad estuvo comprendida dentro del régimen previsional correspondiente. En ambos casos, la ANSES deberá evaluar la documentación y la historia laboral del solicitante antes de reconocer el derecho jubilatorio.
Cuáles son los requisitos para jubilarse a los 60 años
Para solicitar el beneficio, los trabajadores deben reunir determinadas condiciones previsionales y demostrar que efectivamente desarrollaron la actividad contemplada por el régimen diferencial. Los principales requisitos son los siguientes:
- Tener 60 años de edad: es la edad de referencia para acceder a esta modalidad, cinco años antes que la edad general de jubilación masculina.
- Acreditar 30 años de actividad o servicios: deben poder reconocerse los períodos laborales exigidos por el régimen aplicable.
- Demostrar el ejercicio efectivo de la actividad: no alcanza con estar inscripto como autónomo. Es necesario presentar pruebas de que se trabajó como taxista o transportista de carga bajo las condiciones correspondientes.
- Presentar la documentación respaldatoria: los comprobantes deben permitir verificar la titularidad, las habilitaciones y el desarrollo de la actividad durante los períodos declarados.
- Revisar los aportes previsionales: es importante comprobar que los años trabajados estén registrados y que los períodos correspondientes al régimen diferencial puedan acreditarse.
En el caso de los taxistas autónomos, la condición central es que sean propietarios del automóvil de alquiler y que desarrollen personalmente la actividad de manera habitual. Por lo tanto, estar inscripto como trabajador autónomo o haber sido conductor de un taxi no garantiza, por sí solo, el acceso a esta modalidad.
Qué documentos se deben presentar
Los taxistas que quieran acceder a la jubilación diferencial deben reunir pruebas que permitan demostrar que fueron propietarios de un automóvil de alquiler y que lo explotaron personalmente y de manera habitual. La documentación específica puede incluir los siguientes comprobantes:
- Licencia de conducir profesional: debe permitir acreditar la habilitación correspondiente para conducir el vehículo destinado al servicio de taxi. También pueden resultar necesarias las constancias de sus renovaciones.
- Certificados municipales: documentación que permita verificar las altas y bajas de patentes o los registros de los vehículos a nombre del solicitante.
- Pólizas de seguro: comprobantes de cobertura del automóvil que contribuyan a demostrar la explotación del vehículo durante los períodos declarados.
- Constancias de cese de actividad: documentación que acredite el cese, cuando corresponda para la tramitación de la prestación.
- Otros comprobantes respaldatorios: según el caso, pueden ser necesarias constancias adicionales para demostrar los años trabajados y la vinculación entre el solicitante y el vehículo.
En este caso de los transportistas de carga, la documentación puede incluir:
- Título de dominio del vehículo: permite acreditar la titularidad del camión u otro vehículo utilizado para el transporte de cargas, según las condiciones aplicables.
- Habilitación para el transporte de cargas: deben presentarse las autorizaciones y permisos correspondientes a la actividad desarrollada.
- Certificaciones de la autoridad competente: pueden solicitarse constancias emitidas por la Secretaría de Transporte o por el organismo provincial o municipal que corresponda, que acrediten la condición del titular o permisionario de la explotación y detallen los vehículos habilitados.
- Declaraciones juradas de actividad: pueden requerirse declaraciones juradas de réditos o de actividades lucrativas, con sus comprobantes de recepción, que permitan verificar el ejercicio de la actividad de transportista en los períodos declarados.
- Constancias de cese de actividad: cuando corresponda, deberán acompañarse los documentos que acrediten el cese.
Qué pasa si el trabajador alternó distintas actividades
No todos los taxistas o transportistas trabajaron de lo mismo a lo largo de toda su vida. Para quienes estuvieron bajo un régimen diferencial y también realizaron tareas comprendidas en el sistema previsional común, la normativa contempla mecanismos de prorrateo que permiten evaluar conjuntamente los servicios desarrollados bajo diferentes condiciones.
El cálculo considera los períodos acreditados y los requisitos de edad y servicios que corresponden a cada actividad. Esto significa que una persona que no completó todos sus años de actividad dentro del régimen diferencial no necesariamente queda excluida de manera automática, pero tampoco puede asumir que accederá a la jubilación a los 60 años sin una evaluación individual.
La edad final exigida y la cantidad de servicios que deben acreditarse dependerán de la composición de la historia laboral y de las normas aplicables a cada período.
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