Multas de tránsito: cuándo prescriben y cuáles son en Argentina
Todo se enmarca en la Ley Nacional de Tránsito, cada jurisdicción tiene margen de aplicación; cómo funciona en algunas de las provincias de la Argentina.
Algo a lo que todos los conductores de vehículos le temen es a las multas de tránsito. Antes de salir a la calle en auto o moto, es importante saber que, en Argentina, la prescripción de las mismas varía según la jurisdicción, pero existen algunas pautas generales que se pueden considerar. Además hay una distinción entre faltas leves y graves.
Para las multas de jurisdicción nacional, según la Ley Nacional de Tránsito, el plazo de prescripción es de 2 a 5 años, un período que comienza a contarse desde el momento en que la infracción fue cometida, no desde que se recibe la notificación.
Además, cabe destacar que las multas prescriben en tiempos diferentes dependiendo de la gravedad de cada una de ellas.
Para las multas de jurisdicción provincial o municipal, cada provincia o municipio puede tener su propia legislación al respecto. Algunas podrían establecer plazos de prescripción más cortos o más largos, dependiendo de su normativa interna.
Cuándo prescriben las multas de tránsito en las distintas provincias
En Neuquén, las multas de tránsito también siguen la norma de 2 a 5 años para la prescripción, dependiendo de si la falta es leve o grave. Los conductores pueden solicitar que las multas sean eliminadas del sistema una vez que el período de prescripción haya transcurrido.
En la provincia de Córdoba, las multas prescriben después de 3 años. Para solicitar la prescripción, los conductores deben comunicarse con el Juzgado de Faltas correspondiente, ya sea presencialmente o a través de la página web del Repat (Tránsito)
Tanto en la Provincia de Buenos Aires, como en la capital, las faltas leves vencen a los dos años, mientras que las faltas graves y las sanciones pierden vigencia a los cinco años.
En el caso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, antes de febrero de 2017, las multas duraban dos años. A partir de esa fecha, pasaron a tener vigencia durante cinco años.
En la provincia de Mendoza, las multas prescriben a los dos años si son leves, a los tres años si son graves y a los cuatro años si se las considera “gravísimas”, según queda sentado en el artículo 94 de la ley provincial N°9024.
Con esta información en mano, es posible entender cómo cada provincia y, a su vez, cada jurisdicción hace una distinción distinta de la prescripción de las multas, debiendo consultar las leyes de tránsito correspondientes en cada caso para tener información precisa de una situación en particular.
Cuáles son las multas por faltas leves y por faltas graves
Mientras que las faltas leves tienen que ver con estacionar en doble fila, usar la bocina innecesariamente y excederse un 10% en kilómetros de la velocidad permitida; se consideran multas por faltas graves a las infracciones que ponen en riesgo la seguridad propia y la de otras personas.
Algunas de ellas son:
-No haber presentado la documentación exigida para circular;
-Circular con vehículos que no tengan su patente colocada o el seguro vigente;
-Fugarse o negarse a suministrar documentación o información quienes estén obligados a hacerlo;
-Haber cruzado un semáforo con la luz en rojo.
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