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Pensión por invalidez laboral: estos son los nuevos requisitos para solicitarla

Ahora habrá un control más exhaustivo en la entrega de las prestaciones. Qué se necesita para cobrarla en Anses.

Como consecuencia de las irregularidades que arrojaron las auditorías realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y el Ministerio de Salud acerca de la cantidad de inscritos en la Pensión por Invalidez Laboral, el Gobierno modificó los requisitos para acceder a este beneficio que entrega la ANSES todos los meses.

Luego de varios meses de investigación, se determinó la suspensión de más de 60.000 prestaciones de la PNC en agosto por falsificar la solicitud de inscripción y presentar documentos con domicilios inventados.

De cara a octubre, cambiaron los requerimientos y habrá controles más exhaustivos todos los meses, sumado a la posibilidad de solicitar una revalidación cuando la autoridad competente lo crea necesario.

Requisitos para acceder a la PNC de ANSES

El resultado de las auditorías presentaron irregularidades en aproximadamente el 35% de los beneficiarios, que además poseían entre sus bienes vehículos, propiedades y bienes fuera del país.

A esto se suma la enorme cantidad de personas que se inscribieron en los últimos años a pesar de no cumplir con los requisitos que solicitaba la PNC de la ANSES en sus formularios: de 2003 a 2015 los beneficiarios pasaron de 79.000 a 1.045.000, mientras que entre diciembre de 2019 y diciembre de 2023 hubo 200.000 nuevos inscritos.

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Requisitos para acceder a la PNC de ANSES

Requisitos para acceder a la PNC de ANSES

En ese sentido, de 10.000 beneficiarios consultados con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se detalló que el 33% no pudo ser localizado en los domicilios que habían completado en la solicitud de inscripción.

¿Qué dice el Decreto sobre la Pensión por Invalidez Laboral?

En tanto, la ANDIS, a cargo de Diego Spagnuolo, confirmó la modificación de los requisitos a través del Decreto 843/2024 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Salud Mario Antonio Russo.

En su artículo 3° indica que las PNC por Invalidez Laboral estarán sujetas a revisión y/o auditoría, y también podrá solicitarse la revalidación según lo determine la autoridad competente.

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¿Qué dice el Decreto sobre la Pensión por Invalidez Laboral?

¿Qué dice el Decreto sobre la Pensión por Invalidez Laboral?

¿Cuánto cobrarán los beneficiarios de la Pensión por Invalidez Laboral? Se estima que en octubre los beneficiarios de las pensiones no contributivas (PNC) por invalidez y vejez, personas con VIH y/o Hepatitis B y/o C cobrarán: $171.024,39. En caso de confirmarse el bono de $70.000, el monto aumentaría a $241.024,39.

Requisitos para acceder a la Pensión por Invalidez Laboral

A través del Decreto 843/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno decretó en su artículo 1° que "podrán acceder a las prestaciones instituidas por el artículo 9° de la Ley Nº 13.478 y sus modificatorias las personas que cumplan los siguientes requisitos":

  • Encontrarse incapacitado en forma total y permanente. Se presume que la incapacidad es total cuando la invalidez produzca una disminución del SESENTA Y SEIS POR CIENTO (66 %) o más en la capacidad laborativa.
  • No poseer un vínculo laboral formal ni encontrarse inscripto en el Régimen General y/o Simplificado vigente.
  • Acreditar la identidad, edad y nacionalidad mediante el Documento Nacional de Identidad.
  • Ser argentino nativo o naturalizado y residir en el país. Los argentinos naturalizados deberán contar con una residencia continuada en el país de por lo menos TRES (3) años anteriores al pedido del beneficio.
  • Las personas extranjeras deberán acreditar una residencia mínima continuada en el país de DIEZ (10) años.
  • No estar amparado el peticionante por un régimen de previsión, retiro permanente o pensión de carácter contributivo o no contributivo.
  • En el caso de solicitantes menores de edad, no tener parientes que estén obligados legalmente a proporcionarle alimentos, o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para poder hacerlo.
  • No tener pariente o cónyuge que esté obligado legalmente a proporcionarle alimentos y sustento económico, o que, teniéndolos, no sea suficiente para la subsistencia.
  • No poseer bienes, ingresos ni recursos suficientes que permitan su subsistencia. La AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD será la encargada de establecer los criterios socioeconómicos con el fin de evaluar y acreditar el cumplimiento de este requisito.
  • No encontrarse detenido en establecimientos penitenciarios o a disposición de la justicia.

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