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La Mañana Chubut

Violento serial en Chubut: en el quinto juicio en su contra, finalmente va preso por pegarle a una mujer

Le dictaron tres años de cumplimiento efectivo por ser reincidente. En sus fundamentos, un juez de Esquel mencionó “la nula incorporación de pautas de convivencia”.

Un hombre que, evidentemente, tiene por costumbre pegarles a sus ex parejas e incluso someterlas a encierro con violencia, fue finalmente condenado por la justicia de Chubut.

En el quinto juicio en su contra, Julián Joaquín Fritz fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, con declaración de reincidencia por quinta vez. La sentencia incluye las accesorias legales y costas del proceso judicial.

El juez de Esquel Jorge Novarino, encargado del caso, fundamentó su decisión basándose en “la nula incorporación de pautas de convivencia por parte de Fritz, especialmente con las mujeres que deciden acompañarlo en el transitar de su vida”.

La condena se impuso por los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, privación ilegítima de la libertad agravada por violencia y amenazas, y resistencia a la autoridad, todos en concurso real y en carácter de autor material y penalmente responsable, según precisó el Ministerio Público Fiscal de la provincia.

El ataque que condenó al violento

El hecho por el que fue juzgado el condenado en esta oportunidad ocurrió un año atrás, el 17 de diciembre de 2023, cuando minutos antes de las 10 de la noche el centro de monitoreo Esquel recibió un alerta solicitando la presencia policial por una situación de violencia en una vivienda.

El vecino dijo que en una vivienda cercana a la suya una mujer gritaba pidiendo auxilio. Cuando los agentes de la Comisaría Primera llegaron al lugar, comprobaron que Fritz había golpeado a la mujer en la cara. Además, informaron que la hermana de la víctima habría logrado sacarle al imputado un cuchillo y entregarlo al personal policial.

Lejos de cesar en su actitud, el hombre se resistió a la policía y debieron convocar a personal de Infantería para que interviniera en la situación, finalmente controlada. Posteriormente, la víctima de su agresión se negó a formalizar una acusación, pero el Ministerio Público Fiscal actuó de oficio.

De este modo, el caso fue llevado a juicio por la fiscal Rafaella Riccono y el abogado de Fiscalía Mauro Beloqui, y representó el quinto proceso judicial en contra del condenado, de los cuales dos correspondieron a hechos en el contexto de violencia de género hacia una ex pareja.

Esos antecedentes, y los otros tres, fueron clave para que el juez decidiera una condena algo menor a los 4 años que había solicitado la fiscal, pero que igualmente es de cumplimiento efectivo.

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La ex pareja del condenado, en su momento, se negó a denunciar al agresor, pero la fiscal actuó de oficio (foto ilustrativa).

La ex pareja del condenado, en su momento, se negó a denunciar al agresor, pero la fiscal actuó de oficio (foto ilustrativa).

En su fallo, Novarino coincidió con la postura de Riccono, quien había considerado que los antecedentes delictivos de Fritz debían agravar su situación. “No sólo en su cantidad, sino específicamente en los relativos a delitos cometidos contra mujeres en una clara transgresión a las normas de género”, expresó el juez.

“La reiteración de conductas disvaliosas y graves contra las mujeres evidentemente opera como un patrón uniforme en la conducta de Fritz”, analizó el juez, respaldando el pedido de pena que había hecho la parte acusadora luego de que el hombre violento fuera nuevamente condenado.

A pesar de haber sido declarado reincidente por quinta vez, el juez no aplicó la pena accesoria de reclusión por tiempo indeterminado prevista en el artículo 52 del Código Penal, debido a que esta disposición fue declarada inconstitucional en instancias anteriores.

Otro violento condenado en Chubut

Fritz no es el único violento que la Justicia de Chubut condena esta semana. El lunes, Edgar Olguera, de 50 años, fue condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional tras ser hallado culpable del delito de desobediencia, al incumplir una orden judicial de alejamiento que lo prohibía acercarse a su expareja.

En este caso, la pena no es de cumplimiento efectivo, y se dictó a través de un juicio abreviado, en el que el acusado reconoció su responsabilidad en los hechos.

El juicio se basó en la violación de una medida cautelar que se encontraba vigente desde hacía un tiempo, pactada también en un acuerdo judicial en el que Olguera había evitado una condena justamente a cambio de cumplir con ciertas condiciones, entre ellas, la orden de alejamiento por un plazo de 12 meses.

Al desobedecer esa condición y acercarse a la mujer, incumplió las disposiciones de ese acuerdo, lo cual provocó la suspensión de juicio a prueba. Esto implicó que pasara un tiempo detenido, bajo prisión preventiva, y el inicio de un nuevo proceso judicial en su contra, ahora por desobediencia.

“El incumplimiento de la prohibición de acercamiento derivó en la revocación de la condena previa en suspenso y, además, en la apertura de un nuevo proceso penal”, explicó la fiscal a cargo del caso, Ivana Berazategui.

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